Resolución N° 27/022 Intimación a empresas de transporte de pasajeros a presentar propuestas de protocolo de actuación

Se intima a todas las empresas de transporte colectivo de pasajeros por carretera y a las de servicios ocasionales a que, en el plazo de 30 días corridos, presenten propuestas de protocolo de actuación para ser evaluadas y aprobar un documento único.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE   

Resolución Nro.  27/2022                       

Montevideo, 17 de agosto de 2022

VISTO: la necesidad de generar un protocolo de actuación para el personal de los vehículos de transporte colectivo de pasajeros por carretera en circunstancias en las que se atente contra el orden natural, por cualquier razón;---------

RESULTANDO:  I) que esta Dirección Nacional entiende fundamental la participación de todas las empresas en el aporte pro activo para la elaboración del mismo;-----------

II) que habrán de seguirse las pautas de razonabilidad para preservar la integridad física y psíquica de las personas, cuidando la sanidad individual y grupal, siguiendo las reglas de cortesía y educación, evitando conflictos y solicitando el auxilio de la fuerza pública de ser necesario;-----------

CONSIDERANDO: pertinente realizar un documento consensuado con las empresas de transporte, que contenga formas genéricas de actuación, que resuelvan problemas concretos que se susciten en los recorridos de los vehículos de transporte colectivo de personas por carretera, tendientes a preservar la integridad de todas las personas involucradas, causantes o no del evento distorsionante;-------------

ATENTO: a lo expuesto;----------

 

EL DIRECTOR NACIONAL DE TRANSPORTE

R E S U E L V E:

1º.- Intímase a todas las empresas de transporte colectivo de pasajeros por carretera y a las empresas de servicios ocasionales, a que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, presenten propuestas de protocolo de actuación con las pautas indicadas en el cuerpo de la presente Resolución, a fin de ser evaluadas y finalmente poder aprobar un documento único.------------------------------------------------------------------------

2º.-  Por División Secretaría General, Sección Notificaciones, notifíquese a ANETRA, GRUPO 12, COT, ASTRAPIN, CEPROTUR, CESTRAME, CUTCSA, UTTU y Asociación Transportistas VAN. Asimismo, comuníquese a la Dirección General de Transporte por Carretera, a la Coordinación del Area Metropolitana y División Interior.------------------------

 

Firmado por:

Dr. Pablo Labandera

Director Nacional de Transporte 

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