Resolución N° 346/026 Nuevos valores tarifarios para el transporte público de pasajeros por carretera
DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE
Montevideo, 29 de mayo de 2026.-
VISTO: Lo dispuesto en el Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 29 de junio de 2026;-
RESULTANDO: I) que por el Decreto indicado en el visto de la presente en su Artículo 1º se fijaron los valores de las tarifas pasajero – kilómetro para los servicios de Corta, Media y Larga Distancia Regional y Larga Distancia Central; -
II) que el referido Decreto en su Artículo 2º fijó los precios por los usos de andenes de la Terminal de Ómnibus de “Tres Cruces” y en su Artículo 3º facultó a las empresas de transporte de pasajeros que prestan servicios de líneas nacionales e internacionales en la Terminal de Ómnibus de “Tres Cruces” el cobro de un precio por embarque, determinando sus correspondientes valores por servicios;-
III) que en su Artículo 4º se estableció que la Dirección Nacional de Transporte dispondrá la fecha de entrada en vigencia de los nuevos valores; -
CONSIDERANDO: que deviene necesario determinar la fecha de entrada en vigor al amparo de lo indicado en el Resultando III) de la presente; -
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, y lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo de 29 de junio de 2026; -
EL DIRECTOR NACIONAL DE TRANSPORTE
RESUELVE:
1º.- Fíjase que lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo de 29 de junio de 2026, entrará en vigor a partir de las cero horas del 1º de julio de 2026. -
2º.- Notifíquese, por Unidad de Staff, a Grupo 12, ANETRA, ASTRAPIN, EXPRESO MINUANO Y RAPIDO MINUANO SRL, EXPRESO CHAGO LTDA, EMDAL LTDA y GRALADO SA. Asimismo, comuníquese a la Dirección General de Transporte por Carretera, División Estudio y Evaluación Económica, Área Gestión Interior y la Asesoría Técnica. Cumplido, archívese. -
DNT / 2026 00346
Firmado por el director nacional de Transporte,
Felipe Martín.
