Resolución N° 35/022 Prórroga de la no exigencia del Permiso Nacional de Circulación hasta el 31 de diciembre de 2022
DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE
Resolución Nro. 35/2022
Montevideo, 24 de noviembre de 2022
VISTO: lo dispuesto por sucesivas Resoluciones de esta Dirección Nacional, en cuanto las mismas disponen la prórroga de fiscalización del Permiso Nacional de Circulación en la categoría Turismo;-
RESULTANDO: que continúa la situación compleja de los servicios en cuestión;-
CONSIDERANDO: pertinente otorgar una nueva prórroga;-
ATENTO: a lo expuesto;-
EL DIRECTOR NACIONAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
1º.- Prorrógase la no exigencia del Permiso Nacional de Circulación hasta el 31 de diciembre de 2022, a los vehículos de las empresas de transporte de pasajeros por carretera, dentro de la categoría Turismo – Servicios Ocasionales, que cumplan los siguientes requisitos: a) que se encuentren registradas ante la Dirección Nacional de Transporte y que no mantengan adeudos por concepto de multas, b) que posean la Inspección Técnica Vehícular y los seguros de estilo vigentes, c) que no hayan realizado la renovación anual por el ejercicio 2021.-
2º.- Exhórtase a los usuarios del artículo precedente, a renovar el Permiso Nacional de Circulación a la brevedad, en virtud de la inexorable fiscalización a partir del 1º de enero de 2023.-
3º.- Por Secretaría General notifíquese a UTTU, ANETRA, GRUPO 12, ASOCIACION DE TRANSPORTISTAS DE VAN, ASTRAPIN, Y CEPROTUR, UNION DE TRANSPORTE TURISTICO DEL URUGUAY (UTTU) y todas la empresas de la categoría Turismo-Servicios Ocasionales que no se encuentren afiliadas a las agremiaciones nombradas, así como a APPLUS SA. Comuníquese a la Dirección General de Transporte por Carretera, División UCIC, División Interior, División Fiscalización y Gestión de las Contravenciones, Asesoría Jurídica. Pase a Gobierno Electrónico para su publicación en la página web del MTOP. Cumplido, archívese.-
Firmado por el Director Nacional de Transporte,
Dr. Pablo Labandera.