Resolución N° 73/021 Prórroga de la fiscalización del Permiso Nacional de Circulación para la categoría turismo-servicios ocasionales

Se prorroga la no exigencia del Permiso Nacional de Circulación hasta el 28 de febrero de 2022a los vehículos de las empresas de transporte de pasajeros por carretera, categoría turismo-servicios ocasionales.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE

Resolución Nro. 73/2021

Montevideo,

VISTO: lo dispuesto por Resolución de esta Dirección Nacional Nro. 49/2021, de fecha 21 de julio de 2021, en cuanto se dispone la prórroga de la fiscalización del Permiso Nacional de Circulación y su prórroga de fecha 18 de setiembre de 2021;-

RESULTANDO:  que continúa la situación compleja para el sector;-

CONSIDERANDO:  procedente otorgar una nueva prórroga;-

ATENTO: a lo expuesto y en concordancia con lo dispuesto por la ley 19.942 de 23 de marzo de 2021 y el Decreto 122/2021 de 27 de abril de 2021;-

EL DIRECTOR NACIONAL DE TRANSPORTE

R E S U E L V E:

1º.- Prorrógase la no exigencia del Permiso Nacioal de Circulación hasta el 28 de febrero de 2022, a los vehícuhlos de las empresas de transporte de pasajeros por carretera, dentro de la categoría Turismo-servicios ocasionales, que cumplan los siguientes requisitos: a) que se encuentren registradas ante la Dirección Nacional de Transporte y que no mantengan adeudos por concepto de multas, b) que posean la Inspección Técnica Vehicular y los seguros de estilo vigentes, c) que posean o no , la la fecha, el Certificado único de DGI y/o Certificado Común de BPS vigentes, y d) que no hayan realizado la renovación anual por el ejercicio 2021.-

2º.- Por Secretaría General notifíquese a UTTU,  ANETRA, GRUPO 12,  ASOCIACION DE TRANSPORTISTAS DE VAN,  ASTRAPIN Y CEPROTUR, UNION DE TRANSPORTE TURISTICO DEL URUGUAY (UTTU) y todas las empresas de la categoria Turismo –Servicios Ocasionales que no se encuentren afiliadas en las agremiaciones nombradas, así como a APPLUS SA. Comuníquese a la Dirección General de Transporte por Carretera, División UCIC, División Interior, División Fiscalización y Gestión de las Contravenciones, Asesoría Jurídica. Pase al Gobierno Electrónico para su publicación en la página web del MTOP. Cumplido, archívese.-

 

Firmado por el Director Nacional de Transporte,

Dr. Pablo Labandera

 

 

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