Resolución N° 8/024 Se suspende la exigencia del formulario 12R hasta el 31 de mayo de 2024
DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE
Resolución Nro. 8/2024
Montevideo, 2 de abril de 2024.-
VISTO: el proceso de modernización que se ha llevado a cabo en esta Dirección Nacional, para que las empresas entreguen la información requerida a fin de obtener los insumos necesarios y suficientes desde el sistema, en los trámites relativos al formulario 12R;-
RESULTANDO: I) que se han implementado algunos cambios que acompañan la dinámica actual;-
II) que los mismos fueron comunicados a las empresas, sin que las mismas esgrimieran observaciones;-
III) que se puso en línea el trámite nuevo del formulario 12 R;-
IV) que en la operativa se generaron dificultades que hicieron muy complicada su presentación;-
CONSIDERANDO: necesario corregir y ajustar estas indeseadas situaciones;-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 7 numerales 1 y 3 del Decreto 574/974 de 24 de julio de 1974;-
EL ENCARGADO DE LA DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
1º.- Suspéndase la exigencia de la presentación del formulario 12 R por parte de las empresas de transporte colectivo de pasajeros por carretera, ante esta Dirección Nacional, hasta el 31 de mayo de 2024.-
2º.- Dispónese dicha exigencia en cuanto a la presentación del formulario 12 R de referencia, a partir del 1º de junio de 2024, debiendo incorporar cada empresa, los datos relativos al mes inmediato anterior.-
3º.- Por División Secretaría General, Sección Notificaciones, notifíquese a ANETRA, GRUPO 12 URUGUAY SA, ASTRAPIN, EXPRESO CHAGO LTDA, EMDAL LTDA, EXPRESO MINUANO Y RAPIDO MINUANO, CESTRAME y CUTCSA. Comuníquese a Contenidos Web para su publicación en la página del MTOP, a Dirección General de Transporte por Carretera, a División Fiscalización y Gestión de las Contravenciones, a División UCIC, División Estudio y Evaluación Económica de las Concesiones, a la Asesoria Jurídica. Fecho, archívese.-
Firmado por el Director Nacional de Transporte (I),
Carlos Flores Borrat.