Resolución S/N/020 Plazos de vigencia para la emisión del Permiso Nacional de Circulación

Suspéndense los plazos de vigencia para la emisión del Permiso Nacional de Circulación hasta el 31 de enero de 2021, de todos los vehículos de transporte de cargas por carretera, cuyos permisos hayan vencido a partir del 1ero. de diciembre de 2020

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MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS  PÚBLICAS

Montevideo, 02 de diciembre de 2020

VISTO: las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo anunciadas en el día de ayer, tendientes a evitar la propagación de la pandemia del COVID-19;--

RESULTANDO: la existencia de trámites presenciales ante esta Dirección Nacional que deben ser sensiblemente reducidos en cumplimiento del fin antedicho

CONSIDERANDO: necesario readecuar trámites obligatorios para evitar la presencialidad

ATENTO: a lo expuesto

 

EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

1º.- Suspéndense los plazos de vigencia para la emisión del Permiso Nacional de Circulación hasta el 31 de enero de 2021, de todos los vehículos de transporte de cargas por carretera, cuyos permisos hayan vencido a partir del 1ero. de diciembre de 2020.

2º.-Serán excluidos de la prórroga establecida, debiendo realizarse presencialmente previa agenda web, los trámites relativos a: a) las empresas suspendidas; b) el alta y las modificaciones de vehículos y empresas; c) las empresas profesionales de carga, nuevas, y d) los permisos provisorios en alta de vehículos, otorgados por 30 días cuyo vencimiento haya acaecido en noviembre de 2020.

3º.- Se exhorta a realizar vía web todo otro trámite no comprendido en los casos señalados precedentemente.

4º.- La obligatoriedad de realizar la Inspección Técnica Vehícular permanecerá incambiada para los vehículos de transporte de cargas por carretera, debiendo realizarse la misma sin excepción alguna.

5º.- Se reitera la vigencia de la Resolución Ministerial de fecha 30 de noviembre de 2020 para las empresas de transporte de pasajeros.

6º.- Comuníquese al Área de Gobierno Electrónico y pase a la Dirección Nacional de Transporte para su publicación en la página web del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, conocimiento de la División Interior, División Fiscalización y Gestión de Contravenciones, Dirección General de Transporte Carretera, Servicios Jurídicos y notificación a las agremiaciones de transporte de pasajeros, a las empresas que no se encuentren agremiadas, a la firma APPLUS SA y a la intergremial de transportistas de cargas. Fecho, archívese.

 

Firmado por: Luis A. Heber

                      Ministro de Transporte y Obras Públicas

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