Resolución S/N/021 Autorización de frecuencia especial Buenos Aires - Colonia - Buenos Aires, en Buquebus para noviembre 2021
2021-10-1-0004397
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MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo,
VISTO: la gestión promovida por la empresa LOS CIPRESES S.A. (BUQUEBUS) solicitando autorización para la realización de una frecuencia especial de pasajeros Buenos Aires - Colonia - Buenos Aires, los días 18, 19 y 22 de noviembre de 2021;-
RESULTANDO: I) que en las frecuencias especiales llevadas a cabo en el año 2020 y en el transcurso del año 2021 se han cumplido las condiciones previamente acordadas y con el Protocolo de Prevención Sanitaria exigido;- II) que LOS CIPRESES S.A. (BUQUEBUS) presentó una actualización de las condiciones sanitarias para sus actividades denominado “Plan Integrado de Gestión COVID-19” para los pasajeros y la empresa, el cual siendo de conformidad de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, fue aprobado por Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas, de 12 de enero de 2021;-
CONSIDERANDO: que la prohibición de ingreso de personas al país establecida por el artículo 5º de la Ley N° 19.932, de 21 de diciembre de 2020 en el período establecido por el CM/377, de 6 de enero de 2021 no fue prorrogada;-
ATENTO: a lo expuesto;-
EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
1º.- Autorízase a la empresa LOS CIPRESES S.A. (BUQUEBUS) la realización de una frecuencia especial Buenos Aires - Colonia - Buenos Aires, mediante el Buque Atlantic III, los días 18, 19 y 22 de noviembre de 2021, y con los siguientes horarios: partida del Puerto de Buenos Aires (República Argentina) hora 13:30, llegada al Puerto de Colonia (República Oriental del Uruguay) hora 14:30, y partida del Puerto de Colonia (República Oriental del Uruguay) hora 15:30.-
2º.- Mantiénese en todos sus términos el Protocolo sanitario denominado “Plan Integrado de Gestión COVID-19”, a cumplir por la empresa LOS CIPRESES S.A. (BUQUEBUS), aprobado por Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas, de 12 de enero de 2021, así como toda otra disposición vigente emanada de la Autoridad sanitaria competente.-
3º.- Dispónese que antes de la partida del buque se deberá enviar copia de la lista de pasajeros y sus datos personales, incluyendo dirección y teléfono de contacto, a la Dirección General de Asuntos Políticos del Ministerio de
Relaciones Exteriores y a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.-
4º.- Establécese que la constatación del incumplimiento de cualquiera de las disposiciones descriptas en la presente resolución, dará lugar a la cancelación de la presente autorización, así como al no otorgamiento de futuras autorizaciones de frecuencias especiales por parte de esta Secretaría de Estado.-
5º.- Notifíquese, publíquese y archívese.-
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- Resolución frecuencia especial Buquebus - noviembre 2021 (.pdf 665 KB)
- Protocolo de prevención de Covid 19 (.pdf 909 KB)