Resolución S/N/021 Prórroga de la no exigencia de la vigencia de la Inspección Técnica Vehicular y del Permiso Nacional de Circulación
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 25 de febrero de 2021
VISTO: el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020, por el cual se declaró la emergencia sanitaria nacional, como consecuencia de la pandemia originada por el virus COVID-19, declarada por la Organización Mundial de la Salud;------
RESULTANDO: I) que este Ministerio ha implementado diversas medidas para hacer frente a la crisis generada para mantener en actividad el transporte de cargas y pasajeros;------------------------------------------------------------------------
II) que es voluntad de esta Administración, comenzar a regularizar la situación administrativa de los vehículos de transporte de pasajeros y de carga registrados en la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;-
III) que habrá de evaluarse la referida línea de trabajo en la medida que la situación sanitaria lo amerite;--------------------
IV) que por sucesivas resoluciones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, se dispuso la no exigencia de la vigencia del Permiso Nacional de Circulación de vehículos de transporte de pasajeros registrados en la Dirección Nacional de Transporte, y asimismo, la no exigencia de la Inspección Técnica Vehicular de los vehículos de transporte de carga, (con excepción de los que transportan mercancías peligrosas) procedentes de Argentina, Brasil, Paraguay y Chile, como para los vehículos de transporte de pasajeros nacionales y extranjeros;---------------------------
CONSIDERANDO: I) la necesidad de mantener en actividad al transporte de carga y de pasajeros en el territorio Nacional y en la región;-------------------------------------
II) la necesidad de prorrogar los mencionados plazos;------------------------------------
III) la tendencia de reinstaurar los contralores que debe ejercer esta Secretaría de Estado;--------------------------------------
ATENTO: a lo expuesto y a la situación sanitaria del país;------------------------------
EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
1º.- Prorrógase por última vez, la no exigencia de la vigencia de la Inspección Técnica Vehicular y del Permiso Nacional de Circulación de los vehículos de transporte de pasajeros registrados en la Dirección Nacional de Transporte, hasta el 6 de abril de 2021.------------------------------------------------------------------------------
2º.- Prorrógase la no exigencia de la Inspección Técnica Vehicular de las unidades de transporte de carga (con excepción de los que transportan mercancías peligrosas) procedentes de Argentina, Brasil, Paraguay y Chile, como así también de los vehículos de transporte de pasajeros de los referidos países hasta el 6 de abril de 2021.-------------------------------------
3º.- A partir del 7 de abril de 2021, se fiscalizarán las Inspecciones Técnicas Vehiculares y los Permisos Nacionales de Circulación, conforme a Derecho.----------
4º.- Comuníquese al Área de Gobierno Electrónico, publíquese en la página web del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, y pase a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para conocimiento de la Dirección General de Transporte Carretero, División Interior, División Fiscalización y Gestión de Contravenciones, División Unidad de Coordinación de Inspecciones y Contralor, y para notificar a las agremiaciones de transporte de pasajeros, a las empresas que no se encuentren agremiadas, y a la empresa APPLUS S.A.. Cumplido, archívese.-----------
Firmado por: Luis Alberto Heber
Ministro de Transporte y Obras Públicas