Resolución S/N/021 Prórroga de no exigencia de la vigencia de la Inspección Técnica Vehicular

Se prorroga la no exigencia de la vigencia de la Inspección Técnica Vehicular (ITV), hasta el 30 de abril de 2021, de vehículos de pasajeros registrados en la DNT, así como vehículos de carga y de pasajeros procedentes de Argentina, Brasil, Paraguay y Chile

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Montevideo, 09 de abril de 2021.

VISTO: lo dispuesto por el Poder Ejecutivo con fecha 7 de abril de 2021 en relación a la continuación de las medidas adoptadas tendientes a la preservación de la salud de la sociedad para detener la propagación de la Pandemia originada por el covid-19;------------------------

RESULTANDO: I) que se han implementado medidas para hacer frente a la crisis generada para mantener trabajando el transporte de cargas y pasajeros; ----

II) que habrá de evaluarse la referida línea de trabajo en la medida que la situación sanitaria lo vaya permitiendo;-------------------------------------------------------------

III) que por sucesivas Resoluciones del Ministro de Transporte y Obras Públicas, se dispuso la no exigencia de la vigencia de la Inspección Técnica Vehicular de los vehículos de transporte de carga, (con excepción de los que transportan mercancías peligrosas) procedentes de Argentina, Brasil, Paraguay y Chile, como para los vehículos de transporte de pasajeros nacionales y extranjeros;-------------

CONSIDERANDO: I) la urgente necesidad de mantener trabajando al transporte de cargas y de pasajeros en el territorio nacional y en la región;---------------------

II) la necesidad de prorrogar los mencionados plazos;-----------------

ATENTO: a lo expuesto y al interés general;-----------------------------

EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

1º.- Prorrógase la no exigencia de la vigencia de la Inspección Técnica Vehicular hasta el 30 de abril de 2021 de los vehículos de transporte de pasajeros registrados en la Dirección Nacional de Transporte, y de las unidades de transporte de cargas (con excepción de los que transportan mercancías peligrosas) procedentes de Argentina, Brasil, Paraguay y Chile, como así también de los vehículos de transporte de pasajeros de los referidos países.--------

2º.- A partir del 1º de mayo de 2021 se fiscalizarán las Inspecciones Técnicas Vehiculares, conforme a Derecho--------

3º.- Comuníquese al Área de Gobierno Electrónico, publíquese en la página web del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, y pase a la Dirección Nacional de Transporte para conocimiento de la Dirección General de Transporte Carretero, División Interior, División Fiscalización y Gestión de Contravenciones, División Unidad de Coordinación de Inspecciones y Contralor, y notifíquese a las agremiaciones de transporte de pasajeros, y a las empresas que no se encuentren agremiadas, notifíquese a APPLUS SA, Cumplido archívese.-----------

 

Firmado por:  Luis A. Heber

                      Ministro de Transporte y Obras Públicas

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