Resolución S/N/021 Prorróga de la no exigencia de la vigencia de la ITV y PNC

Se extiende la no exigencia de la vigencia de la Inspección Técnica Vehicular hasta el 12 de abril de 2021, y del Permiso Nacional de Circulación.de los vehículos de transporte de pasajeros registrados en la DNT. Se prorroga la no exigencia de la Inspección Técnica Vehicular de las unidades de transporte de cargas (con excepción de los que transportan mercancías peligrosas) procedentes de Argentina, Brasil, Paraguay y Chile, como así también de los vehículos de transporte de pasajeros de los referidos países, así como la no exigencia del Permiso Nacional de Circulación a las empresas no profesionales de carga cuyo RUT finalice en dígitos desde el 0 al 9 y su vencimiento sea en marzo y/o abril de 2021.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS                           

Montevideo, 25 de marzo de 2021

VISTO: el Decreto Nº 93/020, de 13 de marzo de 2020, por el que se dispuso la emergencia sanitaria nacional, como consecuencia de la pandemia originada por el virus COVID-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud;-----------

RESULTANDO: I) que se han implementado medidas para hacer frente a la crisis generada para mantener trabajando el transporte de cargas y pasajeros;-----

II) que habrá de evaluarse la referida línea de trabajo en la medida que la situación sanitaria lo vaya permitiendo;-------------

III) que por sucesivas Resoluciones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, se dispuso la no exigencia de la vigencia del Permiso Nacional de Circulación de vehículos de transporte de pasajeros registrados en la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, y asimismo, la no exigencia de la Inspección Técnica Vehicular de los vehículos de transporte de carga, (con excepción de los que transportan mercancías peligrosas) procedentes de Argentina, Brasil, Paraguay y Chile, como para los vehículos de transporte de pasajeros nacionales y extranjeros;--------------------

CONSIDERANDO: I) la urgente necesidad de mantener trabajando al transporte de cargas y de pasajeros en el territorio nacional y en la región;----

II) la necesidad de prorrogar los mencionados plazos;---------------------

III) la tendencia de tomar la normalidad en los contralores que debe ejercer esta Secretaría de Estado;----------------------

ATENTO: a lo expuesto y al interés general;---------------------------------

 

EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

R E S U E L V E:

1º.- Prorrógase la no exigencia de la vigencia de la Inspección Técnica Vehicular hasta el 12 de abril de 2021, y del Permiso Nacional de Circulación de los vehículos de transporte de pasajeros registrados en la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, hasta el 31 de mayo de 2021.----------------

2º.- Prorrógase la no exigencia de la Inspección Técnica Vehicular de las unidades de transporte de cargas (con excepción de los que transportan mercancías peligrosas) procedentes de Argentina, Brasil, Paraguay y Chile, como así también de los vehículos de transporte de pasajeros de los referidos países, hasta el 12 de abril de 2021.-------------------------

3º.- Prorrógase la no exigencia del Permiso Nacional de Circulación a las empresas no profesionales de carga cuyo RUT finalice en dígitos desde el 0 al 9 y su vencimiento sea en marzo y/o abril de 2021, hasta el 31 de mayo de 2021.--

4º.- Establécese A partir del 13 de abril de 2021 y 1º de junio de 2021 respectivamente, se fiscalizarán las Inspecciones Técnicas Vehiculares y los Permisos Nacionales de Circulación, conforme a Derecho.----------------

5°.-  Comuníquese al Área de Gobierno Electrónico y pase a la Dirección Nacional de Transporte para publicación en la página web del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, conocimiento de la Dirección General de Transporte Carretero, División Interior, División Fiscalización y Gestión de Contravenciones, División Unidad de Coordinación de Inspecciones y Contralor, y notifíquese a las agremiaciones de transporte de pasajeros, a las empresas que no se encuentren agremiadas, y a la firma APPLUS SA, Cumplido archívese.----

 

Firma: Luis A. Heber

            Ministro de Transporte y Obras Públicas

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