Resolución S/N/022 Autorización de frecuencias especiales de pasajeros, en la línea Colonia - Buenos Aires - Colonia, en mayo 2022
2022-10-1-0001191
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MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 29 de abril de 2022
VISTO: la gestión promovida por la empresa LUMARY S.A. (COLONIA EXPRESS), solicitando autorización para la realización de frecuencias especiales de pasajeros, en la línea Colonia - Buenos Aires - Colonia, durante el mes de mayo de 2022;----------------------
RESULTANDO: I) que la empresa LUMARY S.A. (COLONIA EXPRESS), presentó un Protocolo Sanitario para sus actividades denominado: “Plan Integrado de Gestión COVID-19”, siendo aprobada en expediente Nº 2021-10-1-0001121 la versión 4 de fecha 26 de mayo de 2021 del referido Protocolo;----------------------
II) que en las frecuencias especiales llevadas a cabo en el transcurso del año 2021 y 2022, se han cumplido las condiciones previamente acordadas y con el Protocolo de Prevención Sanitaria exigido;--------------------
CONSIDERANDO: que la prohibición de ingreso de personas al país establecida por el artículo 5º de la Ley N° 19.932, de 21 de diciembre de 2020 en el período establecido por el CM/377, de 6 de enero de 2021 no fue prorrogada;-----------------
ATENTO: a lo expuesto;--------------------
EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
1º.- Autorízase a la empresa LUMARY S.A. (COLONIA EXPRESS) la realización de frecuencias especiales de pasajeros, en la línea Colonia - Buenos Aires - Colonia, mediante los buques “SUPERFERRY EXPRESS” y/o “COLONIA EXPRESS”, durante el mes de mayo de 2022, de acuerdo al siguiente detalle:----------------------
DIA | HORA SALIDA COLONIA | HORA ARRIBO COLONIA |
MES DE MAYO | 8:30 | 11:45 |
18:00 | 21:30 |
2º.- Establécese que la empresa LUMARY S.A. (COLONIA EXPRESS) deberá cumplir en todos sus términos, el Protocolo Sanitario denominado: “Plan Integrado de Gestión COVID-19”, aprobado en su versión 4 de fecha 26 de mayo de 2021 en expediente Nº 2021-10-1-0001121.------------------------
3º.- Dispónese que antes de la partida del buque se deberá enviar copia de la lista de pasajeros y sus datos personales, incluyendo dirección y teléfono de contacto, a la Dirección General de Asuntos Políticos del Ministerio de
Relaciones Exteriores y a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.-----------------------
4º.- Establécese que la constatación del incumplimiento de cualquiera de las disposiciones descriptas en la presente resolución, dará lugar a la cancelación de la presente autorización, así como al no otorgamiento de futuras autorizaciones de frecuencias especiales por parte de esta Secretaría de Estado.--------------------------
5º.- Notifíquese, publíquese y archívese.----------------------
Firmado por:
Ministro de Transporte y Obras Públicas
José Luis Falero