Resolución S/N/023 Modificación del formulario 12R para empresas de transporte colectivo de pasajeros por carretera

La Dirección Nacional de Transporte de Uruguay resolvió modificar el formulario 12R, utilizado por empresas de transporte colectivo de pasajeros por carretera, actualizándolo a las nuevas tecnologías para mejorar la eficiencia administrativa.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE                           

Montevideo, 13 de diciembre de 2023.

VISTO: el planteo realizado por la División Estudio y Evaluación de las Concesiones, en cuanto a la necesidad de modificar el formulario 12 R;-

RESULTANDO:  I) que el formulario 12 R es una declaración jurada que realizan las empresas de transporte colectivo de pasajeros por carretera, brindando datos que son de interés para la Administración;-

II) que su fundamento finca en lo dispuesto por el artículo 26 de la Resolución del Poder Ejecutivo Nro. 3118 de 10 de noviembre de 1953;-

III) que la tecnología ha efectuado avances que deben ser recogidos, para dinamizar la labor;-

CONSIDERANDO: I) que no existen inconvenientes para acceder a lo solicitado de acuerdo a los informes obrantes en autos;-

II) que es aconsejable actualizar el formulario 12 R;-

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 26 de la Resolución del Poder Ejecutivo Nro. 3118 de 10 de noviembre de 1953 y el artículo 7 numerales 1 y 3 del Decreto 574/974 de 24 de julio de 1974;-

EL DIRECTOR NACIONAL DE TRANSPORTE

R E S U E L V E: 

1º.- Modifícase el formulario 12 R para todas aquellas empresas de transporte colectivo de pasajeros por carretera que deban presentar dicha declaración jurada, la que tendrá el formato que se anexa y que es parte integrante de la presente Resolución.-

.-  Por División Secretaría General, Sección Notificaciones, notifíquese a: GRUPO 12 URUGUAY 12, ANETRA, ASTRAPIN EXPRESO CHAGO LTDA, EMDAL LTDA, EXPRESO MINUANO Y RAPIDO MINUANO, CESTRAME, CUTCSA, CATIDU, CEPROTUR, UTTU y ASOCIACION TRANSPORTISTAS VAN . Comuníquese a División Estudio y Evaluación de las Concesiones, División Fiscalización y Gestión de las Contravenciones, División Ingeniería de Transporte, División UCIC, Asesoría Jurídica y Dirección General de Transporte por Carretera. Fecho, archívese.-

 

Firmado por el Director Nacional de Transporte,

Dr. Pablo Labandera.

 

Descargas

Etiquetas