Santa Lucía: planificar a nivel de cuenca
El Mvotma, a través de la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial (Dinot), pretende encauzar un Programa Nacional de Ordenamiento Territorial de la Cuenca del río Santa Lucía. Esta sería una oportunidad para articular, acordar y actuar con el propósito de revertir su degradación y construir futuros deseables.
Por qué y para qué un instrumento a nivel de cuenca
La creciente conciencia colectiva sobre el estado de los recursos hídricos de la Cuenca del río Santa Lucía (CLS) es indudablemente un catalizador para pensarnos como sociedad en nuestros vínculos y compromisos con el río, los arroyos, los tajamares, los pozos, el agua potable y las lluvias en el territorio de la Cuenca.
En este sentido, la Dinot propone elaborar un instrumento de ordenamiento territorial a escala de cuenca. Este sería el Programa Nacional de Ordenamiento Territorial de la Cuenca del Santa Lucía (PNOT-CSL), que permitiría consolidar y complementar las acciones que se vienen desarrollando desde los municipios, los gobiernos departamentales y el Poder Ejecutivo para mejorar la calidad de vida de sus habitantes, el estado de los ecosistemas y la calidad del agua para potabilizar.
La CSL es la tercera en magnitud dentro del país, se encuentra en el sur y abarca una superficie aproximada de 13.480 km2. Desde el punto de vista de la división político administrativa del país, ocupa parcialmente los territorios de los departamentos de Montevideo, Canelones, San José, Lavalleja, Florida y Flores.
En esta importante área del país ya existe una vasta cantidad de instrumentos de ordenamiento territorial aprobados. Con excepción de Lavalleja, todos los departamentos cuentan con directrices departamentales, variados planes locales, ordenanzas departamentales, las Estrategias Regionales Metropolitanas, que ordena parte del territorio de la cuenca (Montevideo, Canelones y San José) y las Estrategias Regionales de la Región Este que comprende a Lavalleja.
Un Programa Nacional a escala de cuenca deberá potenciar lineamientos y acciones previstos en los instrumentos vigentes, así como introducir nuevas acciones que provocarán, llegado el momento, su revisión.
Este Programa procurará llegar a acuerdos entre organismos públicos para definir por dónde comenzar a mejorar el territorio de la cuenca (en términos socioculturales, ambientales y económicos), quiénes estarán involucrados y comprometidos directamente en las acciones y cuál será el modo de trabajo hacia los objetivos definidos.
En este sentido, deberá identificar las bases estratégicas consensuadas entre los diversos actores públicos implicados (nacionales, departamentales, municipales), en torno a las cuales se permita articular y generar sinergias que orienten la administración y gestión de este territorio hacia un desarrollo sostenible.
En resumen, existe un avance importante desde 2008 en el ordenamiento territorial de los departamentos de la Cuenca del Santa Lucía. No obstante aún falta una visión integral de cuenca que no solo consolide tendencias dinamizadas por actores privados y públicos de naturaleza sectorial y parcial, sino que se adelante en su orientación hacia un balance territorial y un desarrollo cuidadoso de las personas en ambientes sanos.
Antecedentes
En marzo de 2016 la Dinot presentó en la Comisión de la Cuenca del río Santa Lucía el Atlas del Santa Lucía, un trabajo técnico donde se señalaba que ante el diagnóstico sobre la contaminación de los cuerpos de agua de la cuenca y las medidas tomadas desde 2013 para su mitigación era pertinente avanzar simultáneamente en el análisis territorial de la cuenca en su conjunto. Proponía luego de esa primera etapa descriptiva, una segunda etapa de análisis de tendencias y una mirada prospectiva de los diferentes escenarios de mediano y largo plazo, para luego pasar a una tercera etapa propositiva de herramientas e instrumentos de ordenamiento y gestión territorial.
La Dinot, entonces, previó un IOT de la Cuenca como contribución a un desarrollo territorial que provoque, entre otros, una reversión de la degradación de las aguas. Pero hubo que encontrar el momento para la articulación con otras políticas públicas del propio Ministerio que también abordaban este territorio. La respuesta a corto plazo ha sido la inclusión de este Programa Nacional dentro del Plan de Acción de la Cuenca de Segunda Generación (impulsado desde la Dinama) para consolidar algunas de sus medidas. Asimismo, a mediano plazo, también quiere ser un peldaño para complementar el desarrollo del Plan de Gestión Integrada (impulsado por la Dinagua).
A su vez, la Dinot ya comenzó a articular con el Sistema Inter-Departamental de Gestión Compartida de la Cuenca, espacio promovido por los intendentes, ediles y alcaldes y coordinado por la Secretaría Nacional de Ambiente, Agua y Cambio Climático.
Durante el 2017, se conformó un equipo técnico multidisciplinario en la Dinot, al cual se sumaron consultores en materia de producción agropecuaria, ordenamiento territorial y planificación en bases a escenarios, que relevaron materiales éditos, informes, mantuvieron entrevistas con informantes, y organizaron dos visitas de campo a las localidades de Las Brujas, Aguas Corrientes, Melgarejo, Tala, Fray Marcos, Casupá y Florida, donde se conoció las experiencias de productores y la opinión de técnicos departamentales.
Todo este trabajo trajo como resultado la definición de áreas estratégicas y líneas de acción que la Dinot pondrá a consideración del Comité Nacional de Ordenamiento Territorial, que se espera se reúna a fines de abril. En dicha oportunidad, se solicitará el aval para dar inicio formal a la elaboración de este Programa Nacional para la Cuenca y se espera que finalice a fines de 2018.
¿Qué líneas de acción se propone para articular, acordar y actuar?
A corto plazo la Dinot quisiera poner a consideración de los diversos agentes nacionales, departamentales y municipales que actúan en este territorio las siguientes bases estratégicas y líneas de acción:
- Para mejorar la calidad de vida de los habitantes, es necesario identificar y caracterizar usos productivos, de recreación y turismo fluvial factibles de realizarse en las zonas de amortiguación de las márgenes de ríos y arroyos consistentes, de acuerdo al Plan de Acción, con su objetivo principal de protección de riberas y mitigación del arrastre de nutrientes y sustancias contaminantes a las aguas del río Santa Lucía y sus principales afluentes. Asimismo, propone avanzar en la identificación de sitios de disposición final de residuos urbanos y de uso agropecuario de escala regional o interdepartamental, fortaleciendo los sistemas de ciudades, con efectos positivos para la salud pública y el erario público.
- En cuanto a la protección y conservación de ecosistemas, se buscará delimitar áreas de exclusión de actividades primarias e industriales en manantiales, nacientes de ríos y arroyos, así como en áreas de infiltración de acuíferos vulnerables.
- En lo ambiental, y para proteger la calidad del agua para potabilizar, se buscará el ordenamiento territorial de la cuenca del arroyo Casupá, para la preservación de las aguas en el futuro reservorio propuesto por la OSE.
A mediano plazo, se pueden enunciar las siguientes líneas de acción procurando los acuerdos necesarios:
- Promover las unidades familiares involucradas en las actividades productivas primarias, a través de la definición de áreas de uso preferente para la agro-ecología, la producción orgánica y el turismo eco-rural.
- Delimitar los polígonos y zonas de exclusión y reglamentación especial para la extracción de áridos y metales.
- Avanzar en el estudio, diseño y construcción de diversos sistemas de saneamiento que contemplen las realidades particulares de los asentamientos humanos en la cuenca.
Elaboración colaborativa
A partir del inicio formal de elaboración de este Programa se deberá definir la integración institucional de una Comisión de Coordinación y Seguimiento que presidirá el director Nacional de Ordenamiento Territorial José Freitas. Dicha Comisión elaborará el IOT, aprovechando los espacios de participación y articulación ya existentes, como por ejemplo la Comisión de Cuenca del río Santa Lucía, donde se podrá incluso formar uno o más grupos de trabajo focalizados en lineamientos de acción seleccionados para el Programa.
El documento elaborado será puesto de manifiesto como lo establece la Ley de Ordenamiento Territorial, sin desmedro de organizar otras actividades para la mayor divulgación, consulta y participación ciudadana. Por ejemplo, la comisión asesora en Ordenamiento Territorial podrá brindar su parecer a los avances realizados por la Comisión de Coordinación y Seguimiento.
La Dinot tiene por delante el desafío de impulsar, pero al mismo tiempo aprender, acerca de la elaboración de este Instrumento de Ordenamiento Territorial, lograr su aprobación y coadyuvar en hacerlo realidad junto a otros organismos públicos.
Marco legal
La Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible (Ley N° 18.308)
- Artículo N° 3 de la LOTDS donde se expresa que“[a] los efectos de la presente ley, el ordenamiento territorial es el conjunto de acciones transversales del Estado que tienen por finalidad mantener y mejorar la calidad de vida de la población, la integración social en el territorio y el uso y aprovechamiento ambientalmente sustentable y democrático de los recursos naturales y culturales. (…) El ordenamiento territorial es una función pública que se ejerce a través de un sistema integrado de directrices, programas, planes y actuaciones de las instituciones del Estado con competencia a fin de organizar el uso del territorio. (…) Para ello, reconoce la concurrencia de competencias e intereses, genera instrumentos de promoción y regulación de las actuaciones y procesos de ocupación, transformación y uso del territorio.”
- Artículo 11: “…Constituyen Programas Nacionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible los instrumentos cuyo objetivo fundamental será establecer las bases estratégicas y las acciones para la coordinación y cooperación entre las instituciones públicas en ámbitos territoriales concretos o en el marco de sectores específicos de interés territorial nacional…”.
- Artículo N° 5, literal b) donde se anuncia que uno de los principios rectores del ordenamiento territorial es “[l]a coordinación y cooperación entre sí, sin perjuicio de las competencias atribuidas a cada una, de las entidades públicas que intervienen en los procesos de ordenamiento del territorio y el fomento de la concertación entre el sector público, el privado y el social.”
Las Directrices Nacionales
- son “formuladas para servir de instrumento general de la política pública en materia de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible, con alcance al territorio nacional y zonas sobre las que la República ejerce su soberanía y jurisdicción”.
- Las disposiciones de las Directrices Nacionales “constituyen orientaciones vinculantes para las instituciones públicas, entes y servicios del Estado que ejerzan competencias con incidencia territorial.”
- En su Artículo N° 28, relacionado a la sección III DE LOS CRITERIOS, LINEAMIENTOS Y ORIENTACIONES GENERALES PARA EL SUELO RURAL, se indica que “en el marco del Comité Nacional de Ordenamiento Territorial se definirán los Programas Nacionales” para la definición en forma coordinada de “las políticas sectoriales en suelo rural, delimitando […] las áreas de uso preferente y los lineamientos para su ocupación y uso de conformidad con las disposiciones aquí contenidas”.