Violencia y acoso en el ámbito público CIT 190 - presencial
Uruguay fue el primer país del mundo en ratificar el Convenio N.°190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre violencia y acoso en el mundo del trabajo, adoptado en 2019. Este hecho sitúa al país en una posición de vanguardia en la materia y genera una responsabilidad institucional concreta: asegurar que las funcionarias y los funcionarios de la Administración Central conozcan y comprendan el contenido, alcance y exigencias de este instrumento internacional.
El Convenio N.°190 y su Recomendación N.°206 establecen que toda persona tiene derecho a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, con especial atención a la violencia y el acoso por razones de género. Este instrumento reconoce que estos comportamientos constituyen una violación de los derechos humanos y una amenaza para la igualdad de oportunidades, y obliga a los Estados a adoptar medidas de prevención, protección, atención y sanción. La construcción de ambientes de trabajo libres de violencia y acoso no es solo una exigencia normativa: es una condición indispensable para el bienestar de las personas trabajadoras, la calidad de los servicios públicos y la legitimidad institucional del Estado.
En este contexto, la formación del funcionariado público constituye una herramienta estratégica. Las funcionarias y los funcionarios no solo deben conocer sus derechos y obligaciones conforme al Convenio, sino también estar en condiciones de actuar como agentes de cambio institucional, promoviendo culturas organizacionales basadas en el respeto, la igualdad y la no discriminación desde sus respectivos organismos.
