Resolución N° 40/022 Sitio de Memoria Histórica del Pasado Reciente, ex cuartel del Regimiento de Caballería Blindada Nº 5., Tacuarembó

Se declarar Sitio de Memoria al edificio del ex cuartel del Regimiento de Caballería Blindado Nº 5, Tacuarembó. Lugar donde hoy funcionan la Casa de la Cultura de Tacuarembó y un taller mecánico municipal.

Resolución Nro. 40/2022 

Montevideo, 23 de marzo 2022 

VISTO:

La solicitud del Colectivo por Verdad, Memoria y Justicia de Tacuarembó para la declaración de Sitio de Memoria Histórica del Pasado Reciente (Ley 19.641), al edificio donde funcionó hasta diciembre de 1972 el cuartel del Regimiento de Caballería Blindada Nº 5. 

ATENTO:

 El 12 de febrero de 2022, María Elvira Gómez, María del Carmen Rebuffo y Cley Espinosa, integrantes del Colectivo de Trabajo por Verdad, Memoria y Justicia de Tacuarembó se presentaron ante la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria, solicitando que se declare Sitio de Memoria el edificio donde funcionó hasta diciembre de 1972 el cuartel del Regimiento de Caballería Blindado N° 5, adoptando las medidas de coordinación con los organismos competentes para la protección y conservación del sitio, la difusión de su instalación y la instrumentación de mecanismos que faciliten su accesibilidad. 

De acuerdo a la información brindada, el cuartel del Regimiento de Caballería blindado Nº 5 (padrón 1892) fue ocupado por dependencias municipales desde el año 1973, cuando el regimiento se mudó a su nuevo local ubicado en la Ruta Nacional Nº 5. Actualmente en ese edificio funciona, por una parte, la Casa de la Cultura de Tacuarembó (Ex Departamento Municipal de Cultura) y por otra, el espacio donde hoy es el taller mecánico municipal, ambos dependientes de la Intendencia Departamental de Tacuarembó (IDT). 

Con la intención de rendir homenaje a las víctimas de las violaciones de derechos humanos cometidos en ese lugar y recordar los daños que dichos crímenes causaron a la comunidad, el grupo solicitante manifiesta que durante el año 1972, allí estuvieron detenidos decenas de hombres y mujeres. Aproximadamente setenta militantes políticos y sociales fueron sometidos a diversas formas de tortura y abuso en esas instalaciones. Los varones estuvieron recluidos en un galpón donde hoy funciona el mencionado taller mecánico municipal. Las mujeres permanecían en lo que era la enfermería del cuartel y hoy es un salón de la Casa de la Cultura. 

El sitio solicitado está ubicado entre las calles Artigas e Ituzaingó, junto al arroyo Sandú, en el barrio del mismo nombre, entre la vieja estación del ferrocarril y el centro de la ciudad. Tratándose de una zona poblada y de pasaje del centro hacia otros barrios permitió que los vecinos y la ciudadanía en general tuviera noticias del trato recibido por las personas detenidas allí y hoy día, aún hay vecinos que recuerdan cómo el clima de represión afectaba a todo el barrio. 

El 8 de octubre de 2016, la Comisión Especial de la ley 18.596 señalizó el ex cuartel con una placa que lo identifica como lugar de violación de derechos humanos. Junto a este antecedente, la solicitud está justificada en decenas de causas que se tramitan en el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de 1° Turno. Junto a las denuncias de las víctimas directas, esos expedientes judiciales incluyen testimonios de decenas de testigos, así como los resultados de pericias psicológicas que en conjunto confirman los malos tratos, crueles y degradantes, inferidos a los detenidos en aquel lugar. 

Los peticionantes vienen trabajando desde hace 12 años en actividades de comunicación, difusión y educación en derechos humanos y en referencia al pasado reciente (1968-1985), realizan un claro aporte a la construcción de memoria, el conocimiento de la verdad y por el derecho a la justicia. Entre sus múltiples actividades han organizado marchas y eventos didácticos que incluyen recorridas por un circuito de memoria conformado por sitios donde se violaron derechos humanos y lugares de resistencia a la dictadura así como el seguimiento de las causas judiciales. Con otros grupos del interior, el colectivo tacuaremboense contribuyó en 2017 a la fundación de Interiores en Red por Memoria, Verdad y Justicia y desde 2018, está integrado a la Red Nacional de Sitios de Memoria. 

Con la promulgación de la ley 19641, se declaró de interés general la creación de Sitios de Memoria (art. 2). Dicha ley establece procedimientos (arts. 16, 17) y atribuye amplias competencias a la Comisión Nacional de Sitios de Memoria para instruir, resolver, dar publicidad, garantizar accesibilidad y proteger los lugares declarados como Sitios de Memoria Histórica. (arts.6, 10, 18, 19, 20, 21, 22, 23). 

La ley especifica que se consideran sitios de memoria aquellos espacios físicos donde se verificaron violaciones a los derechos humanos por parte del estado, comprendiendo delitos de lesa humanidad o la realización de actos de resistencia y lucha democrática o bien, lugares a los cuales las víctimas, familiares o las comunidades los asocian con esos acontecimientos y que han sido creados para construir y transmitir memorias. (art 4.literales A, B y C). 

La solicitud presentada por el Colectivo por Memoria Verdad y Justicia de Tacuarembó refiere a la categoría que incluye a espacios físicos donde se ha verificado la ocurrencia de violaciones a los derechos humanos por parte del Estado, comprendiendo delitos de lesa humanidad tales como la tortura, desaparición forzada, homicidio político, prisión indebida, violaciones y otros delitos sexuales contra hombres y mujeres, persecución política, destituciones o exilio. (art. 4, literal 1). 

Que la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria, visto los antecedentes y proyectos expuestos por los solicitantes, conforme a lo propuesto por la ley, destaca su valor para la educación y promoción comunitarias de derechos humanos, así como para la comprensión de períodos históricos y el funcionamiento del Estado, el reconocimiento de las vulneraciones de las víctimas del terrorismo de Estado, la importancia de las garantías de no repetición y para el impulso de iniciativas de la sociedad civil en materia de políticas de memoria. 

RESUELVE: 

1. Declarar Sitio de Memoria al edificio del ex cuartel del Regimiento de Caballería Blindado Nº 5, desde 1973 a cargo de la Intendencia Municipal de Tacuarembó y donde hoy funcionan la Casa de la Cultura de Tacuarembó y un taller mecánico municipal.  

2. Notificar al Colectivo por Verdad, Memoria y Justicia de Tacuarembó y coordinar con el mismo, el texto de la placa y su colocación si así lo desean. 

3. Realizar las notificaciones pertinentes a la Intendencia y la Junta Departamental de Tacuarembó.

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