Resolución N° 43/022 Señalización del local de la Inspección Departamental de Enseñanza Inicial y Primaria del departamento de Cerro Largo, Melo
Resolución 43/2022
Montevideo, 24 de agosto de 2022
VISTO
La Asociación de Maestros de Cerro Largo solicita la señalización del local de la Inspección Departamental de Enseñanza Inicial y Primaria del departamento de Cerro Largo, sito en la ciudad de Melo, en la calle Justino Muniz 431.
ATENTO:
El 8 de julio pasado, Ademar Silvera, Martha Solano y Socorro Sosa en representación de la Asociación de Maestros de Cerro Largo (AMCL) pidieron la señalización de la mencionada Inspección.
Según la documentación que presenta la AMCL fue fundada en 1941, y en 1945 constituyó junto a otras gremiales de maestros la Federación Uruguaya de Magisterio (FUM).
Los solicitantes aportan documentación sobre un asunto conocido y estudiado como es la política que la dictadura implementó en el sistema educativo. Esta se basó, entre otras prácticas, en el control estricto de los centros educativos de primaria, secundaria y UTU a través de la represión, la destitución de maestros y profesores, la modificación de los programas y planes de estudio poniéndolos al servicio de la ideología autoritaria, y la censura y prohibición de textos y autores. En relación a los estudiantes, hombres y mujeres, las autoridades desplegaron un sistema reglamentarista basado en la obligatoriedad del uso de uniforme, de tarjetas de identificación en los centros de estudio, entre otras medidas para encausar a la juventud en el modelo propuesto por el régimen.
Los solicitantes exponen los lineamientos de la política dictatorial respecto de maestros y profesores. Dice la solicitud: “Se prohibieron palabras, se categorizaron docente y funcionarios ‘A’, ‘B’ y ‘C’, se exigió la ‘fe democrática’, se eliminaron concursos y se instauró la ‘graduación’. Los docentes ‘graduados’ eran elegidos de ‘listas’ en las que constaba su filiación ideológica”. La graduación era un instrumento de depuración pues a través de ella se habilitaba (o impedía) la ocupación de cargos jerárquicos a las vez que se condicionaba la permanencia del maestro o la maestra en el puesto.
Los solicitantes adjuntan fotocopia de documentos originales con listas de maestros del departamento en las que hay anotaciones manuscritas sobre su pertenencia política (“adherente al Frente Amplio”, “PDC”, por ejemplo) seguidas de una orden: “no se puede graduar”.
A su vez el libro “Testimonio de una Nación Agredida”, publicado por la Universidad de la República en 1978, cuya autoría se atribuye “un grupo de Jefes del Ejército” sitúa al sistema educativo como un campo predilecto de la infiltración marxista de la sociedad. El texto califica a experiencias educativas y sociales como las misiones socio pedagógicas y las que impulsó el maestro Miguel Soler en La Mina como instancias de adoctrinamiento marxista. El libro denuncia con nombre y apellido a maestros y maestras -muchos de ellos nacidos en Cerro Largo o con cargos en el departamento- “infiltrados” en la enseñanza.
Como ejemplo de la política de depuración seguida con los y las docentes, la Asociación de Maestros cita y documenta el caso de la maestra Norma Ecir García. Docente con excelentes antecedentes técnicos y personales, no le permitieron seguir en el cargo con base a “información confidencial” que proporcionó la Jefatura de Policía Departamental al subdirector general interventor coronel Miguel Aparicio, tal como consta en el oficio 638/982 de Educación Primaria de Melo.
Con la promulgación de la ley 19641, se declaró de interés general la creación de Sitios de Memoria (art. 2). Dicha ley establece procedimientos (arts. 16, 17) y atribuye amplias competencias a la Comisión Nacional de Sitios de Memoria para instruir, resolver, dar publicidad, garantizar accesibilidad y proteger los lugares declarados como Sitios de Memoria Histórica. (arts.10, 18, 19, 20, 21, 22, 23).
La ley especifica que se consideran sitios de memoria aquellos espacios físicos donde se verificaron violaciones a los derechos humanos por parte del estado, comprendiendo delitos de lesa humanidad o la realización de actos de resistencia y lucha democrática o bien, lugares a los cuales las víctimas, familiares o las comunidades los asocian con esos acontecimientos y que han sido creados para construir y transmitir memorias. (art4.literales A, B y C)
Que en el edificio cuya señalización se pide funcionó la Inspección Departamental de Escuelas desde donde se impartieron las órdenes de persecusión y destitución de docentes respaldadas en informes policiales.
Que visto los antecedentes expuestos por los solicitantes y conforme a lo previsto por la ley la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria
RESUELVE:
1. La señalización de la actual Inspección Departamental de Enseñanza Inicial y Primaria de Melo.
2. Notificar a los solicitantes y coordinar con ellos el texto de la placa y su colocación.
3. Notificar a las autoridades de Primaria y a la Inspección Departamental de Enseñanza Inicial y Primaria de Melo.
