Plaza de los Derechos Humanos

La Comisión Memorias de la Costa solicita la declaración de Sitio de Memoria para la Plaza de los Derechos Humanos, ubicada en Avenida Calcagno y Avenida Giannatasio. La plaza DDHH fue inaugurada en el año 2009, en el marco del proyecto 100 Plazas de la Comuna Canaria. Es un espacio público que depende del Municipio de Ciudad de la Costa, de la Dirección de Espacios Públicos y por medio de la Comisión Memorias de la Costa se vincula con la dirección de DDHH de la Intendencia de Canelones. La plaza cuenta con una escultura denominada “Ausencias” en homenaje a los detenidos desaparecidos y es el primer mojón de un Circuito de Memoria que la vincula con sitios de represión como el Chalet Susy o la ex comisaría donde estuvieron detenidas maestras de la zona. A lo largo de estos años se ha transformado en lugar de referencia para diferentes actividades vinculadas a los derechos humanos. Entre ellas se destacan las relativas a la Memoria del pasado reciente, mes de la Mujer, mes de la Discapacidad, con realización de actividades culturales como cine, teatro, festivales de rock, charlas y encuentros con la comunidad referidos a las diferentes temáticas mencionadas. La Comisión Memorias de la Costa es un espacio de participación social donde confluyen organizaciones de la sociedad civil como Familiares de Detenidos Desaparecidos, Mesa Permanente contra la Impunidad, CRYSOL, Comisión Memoria Fusilados de Soca, organizaciones estudiantiles, vecinos y vecinas de la Costa de Canelones, interesados en difundir la reflexión y divulgación de los acontecimientos vinculados a la memoria reciente en nuestro país y por la defensa de los Derechos Humanos de nuestros pueblos. Con la promulgación de la ley 19641, se declaró de interés general la creación de Sitios de Memoria (art. 2). Dicha ley establece procedimientos (arts. 16, 17) y atribuye amplias competencias a la Comisión Nacional de Sitios de Memoria para instruir, resolver, dar publicidad, garantizar accesibilidad y proteger los lugares declarados como Sitios de Memoria Histórica. (arts.10, 18, 19, 20, 21, 22, 23). La ley especifica que se consideran sitios de memoria aquellos espacios físicos donde se verificaron violaciones a los derechos humanos por parte del estado, comprendiendo delitos de lesa humanidad o la realización de actos de resistencia y lucha democrática o bien, lugares a los cuales las víctimas, familiares o las comunidades los asocian con esos acontecimientos y que han sido creados para construir y transmitir memorias. (art4. literales A, B y C) La solicitud presentada por la Comisión Memorias de la Costa refiere precisamente a esa categoría (art. 4, literal C) que incluye memoriales, museos y otros espacios que son utilizados como espacios abiertos al público para la recuperación, construcción y trasmisión de memorias, así como forma de homenaje y de reparación a las víctimas y a las comunidades. Que la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria, visto los antecedentes y proyectos expuestos por los solicitantes y conforme a lo previsto por la ley y a los desarrollos conceptuales incorporados por la Comisión en una línea de resoluciones fundadas en el literal C del ya mencionado artículo 4 ( Resoluciones 20, 22, 23/2020 y 32,33/2021), destaca su valor para la educación y promoción comunitarias de derechos humanos, así como para la comprensión de períodos históricos y el funcionamiento del Estado, el reconocimiento de las vulneraciones de las víctimas del terrorismo de Estado, la importancia de las garantías de no repetición y para el impulso de iniciativas de la sociedad civil en materia de políticas de memoria. Se resuelve declarar Sitio de Memoria a la Plaza de los Derechos Humanos de la Ciudad de la Costa.
