Opinión de la INDDHH

Proyecto de ley Servicios de Difusión de Contenido Audiovisual debilitaría la protección actual de los derechos humanos

En opinión de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo sobre “Servicios de Difusión de Contenido Audiovisual” afectaría la libertad de expresión e información y de ser aprobado constituiría un retroceso en la efectiva protección, promoción y garantía de derechos de la ciudadanía ante los medios de comunicación audiovisual. Según el análisis de la INDDHH el proyecto actualmente a consideración debilitaría el derecho a la no discriminación, los derechos de los niños, niñas y adolescentes, los derechos de las personas con discapacidad y los derechos de los periodistas ante los medios audiovisuales.
Proyecto de ley Comunicación Audiovisual

Así lo expuso ante la Comisión de Industria, Energía y Minería de la Cámara de Representantes una delegación de la INDDHH tras ser invitada a presentar su análisis del proyecto que derogaría la Ley Nº 19.307 de “Servicios de Comunicación Audiovisual”. La delegación de la INDDHH concurrió el día 7 de octubre pasado y estuvo integrada por el presidente de la Institución, Dr. Wilder Tayler, y los Dres. Martín Prats y Diego Lamas.

La exposición estuvo fundada en la normativa y estándares sobre derechos humanos y medios de comunicación tanto de origen nacional como internacional, centrándose en los aspectos referidos a derechos humanos y en especial los derechos a la libertad de expresión e información que se verían afectados por la normativa propuesta.

Rol específico de la INDDHH

Preocupa también a la INDDHH la eliminación de las competencias específicas que la ley vigente le otorga a esta Institución, relativas a la defensa y promoción de los derechos de las personas hacia y ante los servicios de comunicación audiovisual; la posibilidad de recibir denuncias al respecto y la función de promover la educación de la ciudadanía para el ejercicio de la comunicación, la libertad de expresión y el derecho a la información.

Si bien estas competencias están comprendidas en la Ley Nº 18.446, al derogarse las facultades que establece el art. 84 de la Ley Nº 19.307 se impediría que la INDDHH pueda relacionarse directamente con los titulares o administradores de los servicios de comunicación audiovisual privados, lo que enlentecería las eventuales acciones que realice la INDDHH para la defensa de los derechos de las personas.

Otros aspectos que en opinión de la INDDHH también serían afectados de aprobarse el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo son la eliminación de las garantías de transparencia y participación ciudadana en los procesos de asignación de frecuencias, las garantías referidas a la promoción del pluralismo y la diversidad en los servicios de comunicación audiovisual y la prevención de la excesiva concentración en la propiedad y control de los mismos. La ley vigente ha sido considerada un hito importante en materia de libertad de expresión, promoción del pluralismo y la diversidad, y regulación independiente por los relatores para la Libertad de Expresión de la ONU y la OEA, y por la UNESCO. Esta normativa se destaca en el panorama regional como una de las regulaciones más avanzadas desde una perspectiva de derechos por su alto cumplimiento de los estándares internacionales.

Por último, frente a las críticas sobre su inconstitucionalidad presentes en la exposición de motivos del proyecto, la delegación de la INDDHH recordó que aunque se recibieron más de treinta acciones en tal sentido, la Suprema Corte de Justicia solo declaró inconstitucionales dos artículos de los 202 que contiene la Ley Nº 19.307 y otros seis en aspectos parciales, superando ampliamente su “test de constitucionalidad”.

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