Resolución contratación servicio mantenimiento espacios verdes de la INDDHH, Álvaro Bottazzi

Resoluciones

VISTO: la necesidad de contratar un servicio de mantenimiento de espacios verdes para el edificio sede de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo;

RESULTANDO

1) que oportunamente, esta Institución solicitó al Sr. Álvaro Bottazzi (Arquitectura Paisajista), se remita cotización a los efectos de contratar un servicio de mantenimiento en jardinería, en la zona exterior del edificio sede de la INDDHH;
2) que la propuesta remitida el día 4 de diciembre de 2023 por el Sr. Álvaro Bottazzi (Arquitectura Paisajista), abarca la realización de corte de césped, limpieza de veredas y pavimentos y combate de hormigas, con una frecuencia de dos veces al mes, a un costo mensual de $ 4.470 más IVA, reajustándose de acuerdo a IPC;
3) que resulta pertinente, a los intereses de esta Institución, la contratación del servicio de mantenimiento de jardinería y espacios verdes ofrecido por el Sr. Álvaro Bottazzi, estimándose un costo anual de $ 65.441 más los ajustes correspondientes;
4) que existe disponibilidad de crédito presupuestal suficiente en el Grupo 2 de gastos, a efectos de proceder a la contratación referida;

5) que la persona indicada se encuentra inscripta en RUPE y no surge la inscripción de sujetos alcanzados por la ley Nº 18.244 que inhiban la contratación con el Estado;

CONSIDERANDO

1) que de conformidad a lo dispuesto por el literal I) del artículo 35 de la Ley 18.446, el Consejo Directivo de la Institución podrá "adoptar e interpretar las resoluciones y reglamentos que entienda pertinentes para el mejor funcionamiento interno de la INDDHH";
2) que en virtud de la erogación proyectada, el procedimiento de compra directa, se ajusta a lo previsto en el literal C) del artículo 33 del TOCAF.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, el Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, RESUELVE:

1) Contratar al Sr. Álvaro Bottazzi (Arquitectura Paisajista) en los términos y condiciones expresados en la presente Resolución, ad referéndum de la intervención de legalidad del Tribunal de Cuentas, de conformidad a lo dispuesto por el articulo 211 literal B) de la Constitución de la República;
2) Notificar a la persona referida y remitir al Área de Administración y Finanzas a sus efectos.

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