Resolución N° 10/012 con recomendaciones al Ministerio del Interior
Resoluciones
Resolución de seguimiento a la Resolución 9/12 en relación a la denuncia recibida por funcionarios del Ministerio del Interior destituidos en junio de 1993.
Sr. Ministro del Interior
Don Eduardo Bonomi
De nuestra mayor consideración:
La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) con fecha 4 de octubre del corriente, remitió a usted una serie de recomendaciones en relación a la denuncia recibida por funcionarios del Ministerio del Interior destituidos en junio de 1993.
En el punto 3 de esta resolución, la INDDHH proponía y recomendaba que:
- Se establezca en el plazo más breve posible, una solución reparatoria para los denunciantes y otras personas en su misma situación teniendo en cuenta que sin dejar de reconocer la actuación lícita del Estado conforme a su interpretación de las normas vigentes, se lesionaron derechos específicos en el caso, como lo son el derecho a la libertad de asociación, el derecho a la libertad de reunión pacífica y el derecho a la libertad sindical.
- Esta solución teniendo en cuenta el tiempo transcurrido y la situación de los denunciantes, puede consistir en una prestación vinculada a los haberes percibidos, o que se perciban por parte de los denunciantes del sistema de seguridad social.
- En términos generales, y respecto al ejercicio de la libertad sindical, específicamente el derecho de huelga, la INDDHH sugiere al Ministerio del Interior adoptar las orientaciones emanadas del Informe sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (OEA/Ser.l/V/II. Doc.57.de 31 de diciembre de 2009).
En seguimiento de las recomendaciones realizadas y de acuerdo a lo que establece el art. 25 de la Ley N° 18.446, la INDDHH considera oportuno establecer un plazo de 90 días para el cumplimiento de las mismas.
Asimismo, la INDDHH reitera su disposición a colaborar con esa Secretaria de Estado en relación al cumplimiento de las recomendaciones.