Resolución N° 1333/2024

Resoluciones

I) Antecedentes:
1. Conforme a la Resolución N.° 1302 del 4 de junio de 2024, el Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (en adelante: “INDDHH”) determinó que se había vulnerado el derecho a la libertad de cultos, previsto en el artículo 5 de la Constitución.

2. La vulneración ocurrió el 5 de noviembre de 2022 en Cuidad del Plata, San José, cuando la Policía interrumpió y suspendió una ceremonia religiosa afroumbandista.

3. En virtud de la Resolución mencionada, se recomendó al Ministerio del Interior y a la Fiscalía General de la Nación la implementación de cursos de formación, capacitación y actualización sobre el contenido y alcance del artículo 5 de la Constitución y la legislación concordante. 

4. Mediante comunicación del 9 de agosto de 2024, el Ministerio del Interior informó a la INDDHH que, con fecha 24 de junio, el Director Nacional de Educación Policial, Comisario General (R) Roberto de los Santos Suaréz, ordenó que se analizara con los Coordinadores Docentes el correcto abordaje de lo recomendado en la Resolución N.° 1302 de la INDDHH.

5. En un Memorando del 30 de julio de 2024, el Coordinador Académico de la Dirección Nacional de la Educación Policial, Comisario Mayor Johny Silva, comunicó que se realizaron las coordinaciones con las áreas docentes para discutir y difundir el contenido de las unidades curriculares relacionadas con la libertad de culto.

II) Consideración de la INDDHH:

Las presentes actuaciones se enmarcan dentro de las competencias establecidas en el artículo 3, literales G) y K) del artículo 4, y en los artículos 26 y 27 de la Ley N.° 18.446. En tal sentido, se considera que las medidas adoptadas por el Ministerio del Interior, descritas anteriormente, son tendientes al cumplimiento de la Resolución N.° 1302 de la INDDHH.

Por lo expuesto, el Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo resuelve:

  1. Reconocer la colaboración del Ministerio del Interior en las presentes actuaciones.
  2. Constatar el cumplimiento por parte del Ministerio del Interior de la recomendación formulada en la Resolución N.° 1302 del 4 de junio de 2024.
  3. Notificar a la parte denunciante.
  4. Una vez cumplido lo anterior, archivar las actuaciones.

 

 

  

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