Resolución N° 1348/2024 con solución satisfactoria

Resoluciones

I) ANTECEDENTES.
1. La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) en el marco de sus competencias otorgadas en el artículo 4, Lit. J de la Ley Nro. 18.446, de 24 de diciembre de 2008, recibió con fecha 15 de agosto del corriente, una denuncia presentada por parte del Sr. A. R., relativa a su derecho a presentarse en un llamado para el cargo de Arquitecto en el Hospital de Clínicas, por concurso abierto, cuyas bases lo excluían por razón de edad. La edad máxima para presentarse era hasta los 55 años y el tenía 58 años de edad. La denuncia fue ingresada en el Expediente 2024-1-38-0000790.

2. El Sr. A. R. manifestó en su denuncia que entendía reunir la capacidad técnica, profesional y experiencia necesaria para la realización de la tarea, pero quedaba excluido para presentarse al llamado a concurso abierto por el limite etario establecido en las bases. El denunciante manifestó también que el plazo para la presentación al concurso vencía el 28 de agosto del corriente año.

3. El denunciante entendió que este límite de edad máximo establecido en las bases del concurso era discriminatorio, sin existir una razón que justificare tal limitación.

4. En atención a la inminencia del vencimiento del plazo para la inscripción y considerando que las limitaciones por edad en los llamados públicos pueden implicar una restricción del derecho a la igualdad, se sugirió a los organismos la adopción de medidas provisionales urgentes en el marco de lo establecido en el artículo 24 de la Ley 18.446, recomendando:

a)             Suspender y/o extender el plazo de inscripción por un plazo razonable, que permitan valorar los fundamentos de la exclusión de los arquitectos mayores de 55 años de edad, al referido concurso.

b)             Informar públicamente la suspensión o extensión del plazo establecido, por los mismos medios que se dieron a conocer los llamados.

c)             Fecho, informar a la INDDHH, en un plazo de 10 días hábiles, sobre los fundamentos de hecho y de derecho que motivan la limitación de edad establecida.

Estas comunicaciones se realizaron por oficio al Hospital de Clínicas el 21 de agosto del 2024 y por oficio N 0364 del 26 de agosto a la UDELAR.

II) CONSIDERANDO.

  1.  Las presentes actuaciones se enmarcan dentro de las competencias establecida en el literal J del artículo 4 de la Ley 18.446.
  2. El objetivo de esta investigación radicaba en determinar si la exclusión por edad para la presentación en un llamado a un cargo profesional suponía una conducta discriminatoria o si existía algún fundamento de derecho que ameritaba tal restricción.
  3. Tomando en cuenta que la restricción por edad, y en atención a anteriores posicionamientos de la INDDHH en casos similares, así como la posible situación de vulneración que podía colocar al denunciante; se solicitaron las medidas provisionales urgentes referidas, en el marco de lo establecido por el artículo 24 de la Ley 18.446, oficiándose al Presidente del Hospital de Clínicas y al Sr. Rector de la Universidad de la República.
  4. El 29 de agosto se comunicó el denunciante, manifiestando que se suprimió el limite etario para la presentación al concurso, así como su satisfacción y agradecimiento por el resultado del procedimiento realizado.
  5. El 3 de setiembre se recibió comunicación de la UDELAR, en la que informa que se eliminó el límite de edad establecido y se prorrogó el plazo para la presentación de aspirantes al concurso hasta el 5 de setiembre.

Por lo tanto, se arribó a una solución satisfactoria en el marco del artículo 27 de la ley 18.446.

III) Por todo lo anteriormente expuesto, el Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, resuelve:

  1. Que una vez recibida la solicitud de medidas provisionales urgentes, la UDELAR dio una solución satisfactoria a la denuncia, eliminándose el requisito máximo de edad establecido en las bases del concurso, careciendo de objeto la continuación de estas actuaciones.
  2. Notificar al denunciante y a los organismos involucrados
  3. Oportunamente, archivar.

Descargas