Resolución N° 1407/2025 seguimiento de recomendaciones de la resolución Nº 1330/2024
Resoluciones
I) ANTECEDENTES.
1) La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) dictó con fecha 30 de julio de 2024 la Resolución Nº 1330/2024 que fue notificada el día 1º de agosto de 2024.
2) La parte resolutiva de la misma establece:
…
«II) Recomendar al Ministerio de Salud Pública que, garantice a los usuarios de los servicios de salud, tanto en instituciones públicas como privadas, el acceso a las prestaciones establecidas en el artículo 34 del decreto 014/019, ya sea cumpliendo con la formalidad de incluir las prestaciones al PIAS, de acuerdo a lo previsto por el artículo 45 de la ley 18211, o bien, regulando de forma clara quién será el obligado a brindar dichas prestaciones a los usuarios, y el responsable de su financiación.
III) Recomendar al Ministerio de Salud Pública que, en ejercicio del contralor que le es encomendado por el artículo 33 del decreto 104/019, requiera a las instituciones de salud, tanto privadas como públicas, la información sobre las solicitudes recibidas de acuerdo al artículo 34 del referido decreto, a efectos de identificar las solicitudes que hubieran sido denegadas».
II) CONSIDERACIONES
1) El artículo 28 de la ley N° 18.446 preceptúa que: «Si las autoridades respectivas incumplen las obligaciones que habían asumido, no aceptan las propuestas de la INDDHH o incumplen total o parcialmente su implementación en los plazos establecidos, la INDDHH dará la más amplia difusión pública al texto de las recomendaciones efectuadas y sus antecedentes o, en su caso, a las obligaciones que las autoridades habían asumido, todo con mención expresa de los nombres y cargos de las autoridades y otros funcionarios que hayan adoptado tal actitud y sin perjuicio de su inclusión en el Informe Anual o, en su caso, en el Informe Especial que resuelva presentar».
2) Habiendo transcurrido un tiempo prudencial desde que se recomendó la medida sin recibirse respuesta, se envió el oficio DEN 506/2024 de fecha 17 de noviembre de 2024, solicitando que en el plazo de 15 días hábiles informara si aceptaba las recomendaciones efectuadas y en caso de aceptarlas, las medidas que hubiera dispuesto. A la fecha, no se ha recibido contestación en la INDDHH.
Corresponde en consecuencia disponer el cierre de las actuaciones.
III) Por todo lo expuesto, el Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos resuelve:
I) Disponer el cierre de las actuaciones de acuerdo al artículo 28 de la ley Nº 18.446 en mérito al incumplimiento de las recomendaciones efectuadas al Ministerio de Salud Pública.
II) Publicar la presente Resolución en la página web de la INDDHH e incluirle en el próximo Informe anual al Parlamento.
III) Notificar a las partes denunciante y denunciada.
