Resolución N° 364/015 de solución satisfactoria - Banco de la República Oriental del Uruguay

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La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH), recibió oportunamente una denuncia que hace referencia a una posible vulneración de derechos proveniente del hecho que en la Sucursal del Banco República cito en la Ciudad de La Paz, existirían barreras que limitarían el libre ingreso a dicha dependencia a personas con discapacidad motriz.

Sr. Presidente del Banco de la República Oriental del Uruguay

 Contador Julio César Porteiro

De nuestra mayor consideración.

La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH), recibió oportunamente una denuncia que hace referencia a una posible vulneración de derechos proveniente del hecho que en la Sucursal del Banco República cito en la Ciudad de La Paz, existirían barreras que limitarían el libre ingreso a dicha dependencia a personas con discapacidad motriz.

Con fecha 26 de agosto de 2015 la INDDHH recibe informe del Banco de la República donde se expresa que se han dispuesto acciones para la realización de una rampa previsora para dotar de accesibilidad a la mencionada sucursal, la que estaría operativa antes de la finalización del presente año. hasta la reforma estructural que dote en forma definitiva de mecanismos de accesibilidad.

Por lo antes dicho, el Consejo Directivo de la INDDHH concluye que dicho organismo ha sido sensible disponiendo medidas que hagan cesar el derecho vulnerado. Sin perjuicio de la información recibida solicitamos que a los efectos de verificar el cumplimiento de las mismas se comunique la finalización de la obra.

En consecuencia, el Consejo Directivo de la INDDHH resuelve dar por adecuadamente cumplidas las actuaciones.

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