Resolución N° 440/016 de solución satisfactoria - Intendencia de Montevideo

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La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) se dirige a Ud. de conformidad con lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley 18.446, en el marco del caso presentado relativo al TRASLADO DE FERIA DE CALLE X.

Sra. X,

La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) se dirige a Ud. de conformidad con lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley 18.446, en el marco del caso presentado relativo al TRASLADO DE FERIA DE CALLE X.

1. Antecedentes.

La denuncia fue presentada con fecha el 23 de junio de 2016 por correo electrónico, en la cual se manifestó que tanto la Sra.X, como sus vecinos de la calle X(Municipio G) se habrían visto afectados debido a que desde el año 2008 la Intendencia habría trasladado la feria vecinal de la calle X a la calle X; los feriantes no habrían aceptado esta calle y se habrían instalado en la calle X. El Intendente actuante habría avalado esta instalación con una resolución municipal.

En el año 2014 se habrían retomado contactos por parte de los denunciantes con la Defensoría del Vecino de Montevideo. En el año 2015 nuevamente se habrían juntado firmas solicitando el traslado de la feria. Posteriormente por vía telefónica se habrían comunicado tanto Promoción Económica de la IMM como la Defensora AGOSTINO y por e-mail  la Inspectora X. En todos los casos se les habría comunicando que la feria se trasladaría en los meses de marzo- abril de 2016. La denunciante planteaba que ‘el compromiso no se ha cumplido, los feriantes no han aceptado las calles asignadas’.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley 18.446, la INDDHH puso en conocimiento con fecha 6 de julio de 2016, a la Sra. Defensora del Vecino Dra. Ana AGOSTINO respecto a lo consignado en la denuncia.

Con fecha 19 de julio de 2016, la Sra. Defensora del Vecino respondió remitiendo el expediente INDDHH Nº 2016-1-1-0000011 que en lo sustancial señala, que desde agosto del 2014 se han estado realizando acciones de seguimiento. Después de una serie de actuaciones en el marco de la gestión de este asunto, y en razón de los plazos trascurridos sin que se hubiese efectivizado el traslado de la feria, con fecha 4 de julio del presente la Defensoría del Vecino de Montevideo envió la RECOMENDACIÓN No. 99/2016 al Director División de Promoción Económica, Sr. Ricardo Posada, con copia al Intendente de Montevideo, Ing. Daniel Martínez, en la que se recomendó que se concrete a la brevedad el traslado de la feria ubicadas en la calle X.

2. Por lo expuesto el Consejo Directivo de la INDDHH resuelve que:

Habiéndose resuelto favorablemente dicho trámite presentado por la peticionante, generándose el traslado de lugar de la feria vecinal y en consecuencia agotado el objeto de intervención de la INDDHH, corresponde el archivo de las actuaciones sin perjuicio.

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