Resolución N° 474/017 con recomendaciones a la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE)

Resoluciones

Para que en próximos llamados a concursos de AFE se explicite en las bases la inclusión de todos los títulos habilitantes expedidos o revalidados por UDELAR y/o Universidades Privadas.

Sr Wilfredo Rodríguez

Presidente de la Administración de Ferrocarriles del Estado

De nuestra mayor consideración:

La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) recibió una denuncia de una persona que solicitó ampararse en la reserva de identidad según el Art. 12 de la Ley N°. 18.446 e ingresada en el Expediente N° 2017-1-38- 0000088.

La persona denunciante manifiesta que AFE realizó en octubre de 2016 un llamado público a concurso para proveer un cargo de Contador Público. En los términos de referencia, se solicitó título habilitante, explicitando algunos de los planes de estudios de la carrera. Textualmente expresaba: "Deberán poseer título de Licenciado en Administración-Contador Público o Contador Público (Plan 1990) o Contador Público (Plan 2012) expedido o revalidado por la UDELAR". De acuerdo a ello se estaría excluyendo del llamado aquellos Contadores graduados bajo otros planes.

Conforme a lo establecido por los Artículos 11 y siguientes de la Ley 18446, se iniciaron los correspondientes procedimientos de investigación. A estos efectos se realizó una solicitud de informe a esa Administración por Oficio N° 1330/2017 del 15 de febrero de 2017, recibiéndose respuesta el 30 de marzo de 2017.

En dichas instancia se solicitó información acerca de:

(1) Si la información recibida es correcta, es decir si los Contadores graduados bajo otros planes no mencionados en las bases del llamado quedan excluidos del mismo (2) En caso que sea afirmativa la respuesta al numeral 1 se solicita informe los motivos para ello

Con fecha 30 de marzo se recibió respuesta a la solicitud. En la misma se explícita que se solicitó informe sobre el tema a la Gerencia Técnica de Recursos Humanos de AFE. Dicha dependencia respondió que se valoraron “todos los postulantes que presentaron título habilitante expedido o revalidado por la UDELAR y/o Universidades Privadas, dado que el plan de estudios no constituía un requisito excluyente a los efectos de la selección”.

Se considera que con el procedimiento señalado por la Gerencia de Recursos Humanos se salva en parte la dificultad señalada por el denunciante. Sin embargo, teniendo en cuenta literalmente el texto de las bases del llamado, ello pudo haber generado que algunos eventuales postulantes no se hayan presentado al mismo, con los claros perjuicios que se originan.

En suma, en razón de lo expuesto y de acuerdo a los artículos 25 y 26 de la Ley N° 18.446 el Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo resuelve:

Recomendar al Sr. Presidente que en próximos llamados a concursos se explicite en las bases de los mismos la inclusión de todos los títulos habilitantes expedidos o revalidados por UDELAR y/o Universidades Privadas.

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