Resolución N° 74/013 con recomendaciones al Ministerio de Desarrollo Social (MIDES)

Resoluciones

Denuncia referida al derecho a la identidad.

Ministerio de Desarrollo Social

Ec. Daniel Olesker

De nuestra mayor consideración;

La presente comunicación contiene la resolución de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) en relación con la denuncia ingresada con el N° 95/2012 presentada por la Sra. X, referida a su derecho a la identidad.

Con fecha 17 de octubre de 2012 la Sra. X presentó denuncia escrita ante la INDDHH por carecer de documentación de identidad.

De acuerdo a lo informado la Sra. X nació el X en Buenos Aires. Argentina hija de X (argentina) y X (uruguayo), pasando a residir en Uruguay desde los 3 años de vida. Carece de documentación de su país de origen, así como de documentación uruguaya. Obtuvo una C.I Provisoria uruguaya con un negativo de partida de nacimiento uruguaya durante el tiempo que estuvo internada en INAU, la cuál nunca fue renovada.

De acuerdo a la detallada información recibida en tiempo y forma por parte del Programa de Identidad, Mides la primera consulta data del 14/12/ 09 habiéndose realizado varias gestiones que por el momento no han permitido la obtención de la documentación. De dicha información surge que existen 21 situaciones de similares dimensiones.

El pasado 7 de mayo de 2013, la INDDHH se reunió con la Junta Nacional de Migraciones a efectos de intercambiar sobre las respuestas institucionales a efectos de dar cumplimiento de los derechos de las personas migrantes. En relación al caso de marras y la situación de las personas apátridas se nos informó sobre la existencia de un proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo. Asimismo manifiestan que desde la Junta Nacional de Migraciones, cómo del Programa de Identidad se ha intentado dar respuesta a cada uno de los casos, en particular luego de algunas modificaciones en las políticas públicas se comenzaron a realizar procesos de solicitudes de partidas supletorias que permitan regularizar la documentación de estas personas.

Con base en lo anteriormente dicho el Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo recomienda se inicien el proceso de solicitud de partida de nacimiento supletoria necesario para que la Sra. X regularice su documentación en Uruguay.

Asimismo el Consejo Directivo de la INDDHH informa que en el marco de sus facultades dora seguimiento al tramite parlamentario del proyecto de lev mencionado, al cumplimiento de estas recomendaciones, y reitera su disposición de colaborar con el MIDES para la implementación efectiva de la mismas.

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