Resolución N°1411/2025 con recomendaciones

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I) ANTECEDENTES:

1. La Institución Nacional de Derechos Humanos (en adelante: “INDDHH”) recibió una denuncia del Movimiento Esencial por la Accesibilidad para la Inclusión
Luego de analizar los requisitos de admisibilidad establecidos por la Ley N.° 18.446 y el Reglamento de la INDDHH, el Consejo Directivo admitió la denuncia el 18 de junio de 2024 y se dio inicio al Expediente N.° 2024-1-38-0000046.

2. El colectivo mencionado expresó que, el único taxi con accesibilidad para personas con discapacidad que funcionara en Montevideo, fue inhabilitado el 10 de junio de 2024.

3. Por tal motivo, reclamaron la violación del derecho a la libre circulación y movilidad, por cuanto, consideran  que se quebrantó la obligación de cumplir con la normativa nacional e internacional relativa a los derechos de las personas en situación de discapacidad, esto es, las previsiones vigentes a este respecto y comprendidas en la ley n°18.651 y normas legales concordantes así como en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, que fue ratificada por la ley n° 18.418.

4. Los denunciantes realizaron las consultas respectivas ante la Intendencia de Montevideo, sin haber recibido respuesta y estiman necesario  garantizar el acceso a este tipo de servicio para la población usuaria del mismo.

5. Desde el INDDHH, se envió oficio n° 0345/2024 al organismo denunciado.

6. El 26 de agosto de 2024 se recibió la siguiente respuesta de la Intendencia Municipal de Montevideo: i) “En relación a la consulta realizada sobre la situación de taxis con accesibilidad para personas con discapacidad en Montevideo a la fecha, corresponde informar que por Resolución del Intendente No. 3445/2024 se autorizó a la Cooperativa del Gremio del Taxi el traslado de personas con discapacidad motriz dentro del Departamento de Montevideo, de forma gratuita, en tres vehículos accesibles” ii) “Adicionalmente, se informa que se encuentra en curso una nueva edición del llamado a precios para la adjudicación de nuevos permisos para la prestación del servicio. Esta situación fue informada por el Director General del Departamento de Movilidad al Consejo Asesor Honorario de la Sociedad Civil. Se acompaña copia de la nota remitida con fecha 11 de junio.”

7. Se dio vista el 28 de agosto de 2024.

II) CONSIDERACIONES DE LA INDDHH:

1. Las presentes actuaciones se inscriben en el marco de las competencias establecidas por el literal J) del artículo 4 y artículos 5, 11, 20 y 32 de la Ley N.° 18.446.

2. El objeto de la indagatoria realizada, consistió en determinar si hubo o no vulneración de derechos a consecuencia de la situación denunciada con relación a las personas en situación de discapacidad que utilizan transporte accesible

3. De la respuesta recibida por la Intendencia Municipal de Montevideo, se desprende que se encuentra en curso un llamado a precios para la adjudicación de nuevos permisos para la prestación del servicio referido, ya que fue declarada desierta la licitación pública P141025/2023.

4. Por su lado, la Cooperativa del Gremio del Taxi a través de su representante ha puesto a disposición tres vehículos para poder continuar con el servicio, siendo este gratuito para el usuario. 5. Surge que, la prórroga se extendió hasta el 31 de diciembre de 2024, por lo cual es necesario conocer la situación actual.

III) Por todo lo anteriormente expuesto, el Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, resuelve:

1) Recomendar a la Intendencia de Montevideo, la regulación inmediata de la situación denunciada.

2) Dar seguimiento a la nueva licitación realizada por la Intendencia Municipal de Montevideo, recibiendo por parte de esta, toda la información relevante en el proceso de su respuesta del 26 de agosto de 2024 y aludido en el num. 6 que antecede.

3) Notifíquese a la parte denunciante y a la Intendencia Municipal de Montevideo.  

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