Presupuesto Quinquenal 2021 - 2025

Modificación de la estructura administrativa

Artículo 5°.- Transfórmese el Departamento de Desarrollo Sustentable Programa 114. en el Departamento de Desarrollo
Sostenible, dependiente directamente del Intendente. Se mantienen afectados a este nuevo Departamento las funciones y los funcionarios que anteriormente estaban afectados a esa Departamento. La designación de Desarrollo Sostenible se explica porque el desarrollo sustentable es aquel que incluye procesos para preservar, conservar y proteger los recursos naturales del planeta en beneficio de las generaciones actuales y las venideras. No se tienen en cuenta las necesidades culturales, políticas y sociales especificas del ser humano. Por su parte, el desarrollo sostenible es el que incluye procesos saludables para tratar de satisfacer las necesidades sociales y económicas de la sociedad. Además, atiende a factores culturales y medioambientales sanos de la generación actual pero se
preocupa de no poner en riesgo la satisfacción de las mismas y también de las que están por venir.

Artículo 6º.- Modifiqúese la Unidad Asesora Especializada, creada en el articulo 28 del decreto de la Junta Departamental
de Florida número 07/16 que será Gabinete Social y estará integrado por un representante de la Dirección General de Desarrollo Social , un representante de la Dirección General de Cultura y un representante de la Departamento de Desarrollo Sostenible. Dicho Gabinete Social dependerá del Intendente, en el programa 102. Sus integrantes asesorarán en el seguimiento social y políticas paliativas, coordinarán con demás Direcciones y organismos nacionales, con equipos interdisciplinarios.

Artículo 7º.- Créase la Secretaria de Inclusión, con cometido de coordinar, promover ejecutar y difundir políticas inclusivas,
con participación de Organismos Departamentales y Nacionales. Dichas acciones serán focalizadas a la efectiva  Inclusión, en el marco de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad (PcD) La misma dependerá administrativamente de la Dirección General de Desarrollo Social, programa 113.

Artículo 8º.- Créase la Comisión Honoraria de Festejos del Bicentenario de la Declaratoria de la Independencia, la misma
estará compuesta por un representante designado por el Intendente, un representante designado por la Dirección General de Cultura, y representantes por la Junta Departamental de Florida, quienes tendrán carácter de permanentes en la mencionada comisión. La mencionada comisión podrá contar con miembros itinerantes o invitados de distintas instituciones o por razones de idoneidad se podrán extender invitación. Esta disposición se reglamentará.

Artículo 9º.- Créase el cargo de Contador Delegado del Tribunal de Cuentas, el cual será desempeñado por un profesional universitario con titulo de contador público expedido por la Universidad de la República o avalado por MEC Será un contrato de función pública, en el escalafón profesional A grado 9. Dependiente de la Dirección General de Hacienda programa 103.

Artículo 10º.- Modifíquese la denominación de la Guardia Departamental que será Centro de Gestión Remota, el que tendrá cometidos, además de la video vigilancia y coordinaciones con autoridades del Ministerio del Interior el control remoto de luminarias, monitoreo de contenedores de basura domiciliaria, semáforos inteligentes como lomadas electrónicas y contralor de animales sueltos.

Artículo 11º.- Créanse los Centros de Mediación Locales, los mismos no tendrán competencias en materia de familia, civil, penal ni laborales. Serán competentes en conflictos vecinales. Serán de adhesión voluntaria y gratuita. Será coordinada por la Dirección General de Asuntos Legales y Transparencia, dependiendo del programa 105. Esta disposición será  reglamentada.

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