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Homicidios a mujeres por violencia basada en género - Femicidios

Investigaciones

La Ley N. º 19.580 de Violencia basada en Género hacia las Mujeres, aprobada en diciembre de 2017, introduce importantes avances para la erradicación de la violencia basada en género. Entre ellos, establece -en su artículo 18- la creación de un Observatorio sobre Violencia Basada en Género hacia las Mujeres, destinado al “monitoreo, recolección, producción, registro y sistematización permanente de datos e información sobre la violencia hacia las mujeres”. Asimismo, constituye una de las Aspiraciones estratégicas operativas (III), definida en la Estrategia Nacional para la Igualdad de Género 2030.

El Observatorio es la herramienta que permite contar con un sistema de información a nivel nacional centralizado, completo, con datos confiables, actualizados, sistemáticos, accesibles y comprensibles para la población en general, academia, medios de comunicación, sociedad civil organizada y tomadores de decisión.

Para hablar de femicidios debemos conceptualizar en primer lugar la violencia basada en género (VBG), dado que el femicidio es la manifestación más extrema de la VBG. Por ello, tomando como referencia el marco legal de nuestro país, Ley N.º 19.5801 , entendemos que la Violencia basada en Género es una forma de discriminar que afecta, directa o indirectamente, la vida, libertad, dignidad, integralidad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, así como la seguridad personal de las mujeres. Se entiende por violencia basada en género hacia las mujeres toda conducta, acción u omisión, en el ámbito público o el privado que, sustentada en una relación desigual de poder en base al género, tenga como objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos o las libertades fundamentales de las mujeres. Quedan comprendidas tanto las conductas perpetradas por el Estado o por sus agentes, como por instituciones privadas o por particulares (Ley N. º 19.580, Artículo 4).

Esta Ley reconoce 18 formas de violencia basada en género hacia las mujeres, y una de ellas es la violencia femicida, definida como: Acción, de extrema violencia que atenta contra el derecho fundamental de la vida y causa la muerte de una mujer por el hecho de serlo, o la de sus hijas, hijos y otras personas a su cargo, con el propósito de causarle sufrimiento o daño (Ley N. º 19.580, Artículo 6,).

Asimismo, en octubre de 2017, la Ley 19.5382 modifica los artículos 311 y 312 del código penal incorporando figuras relacionadas con actos de discriminación y femicidio, incorporando esta última como agravante muy especial del delito de homicidio. Se define el femicidio como “aquel acto de extrema violencia que causa la muerte de la víctima, cometido contra una mujer por motivos de odio, desprecio o menosprecio, por su condición de tal.

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