Ley Integral Trans

Régimen reparatorio

Materiales didácticos

La Ley Integral Trans reconoce que dicha población uruguaya ha sido históricamente víctima de discriminación y estigmatización, asegurando el derecho a las personas trans a una vida digna, libre de discriminación y estigmatización. La normativa esta conformada por un total de 24 artículos y establece ítems vinculados a la salud, educación, vivienda, inclusión laboral y reparación por violencia institucional.

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  1. ¿A qué personas trans ampara el régimen reparatorio?
  2. ¿Dónde se recibirán las solicitudes de régimen reparatorio?
  3. ¿Cuál es el monto que se recibirá por régimen reparatorio?
  4. ¿Es obligatorio adjuntar documentos en la solicitud de régimen reparatorio?
  5. ¿Se puede presentar la solicitud de régimen compensatorio sin documentos o testigos?
  6. ¿Cómo se integra la Comisión Especial Reparatoria?
  7. ¿Quiénes no pueden cobrar la pensión especial reparatoria?

 

1) ¿A qué personas trans ampara el régimen reparatorio?

Solo a aquellas nacidas con anterioridad al 31 de diciembre de 1975, y que puedan demostrar que fueron privadas de su libertad y/o víctimas de violencia institucional debido a su identidad de género.

2) ¿Dónde se recibirán las solicitudes de régimen reparatorio?

Las solicitudes se recibirán en sobre cerrado en la sede central del Mides (Av. 18 de Julio 1453, oficina 707), en las Oficinas Territoriales del Mides, o a través del correo leytrans@mides.gub.uy.

3) ¿Cuál es el monto que se recibirá por régimen reparatorio?

La prestación reparatoria tendrá un equivalente en pesos uruguayos de 3 BPC.

4) ¿Es obligatorio adjuntar documentos en la solicitud de régimen reparatorio?

No, pero podrás agregar la información que tengas en tu poder en cualquier momento del proceso de solicitud, o incluso presentar testigos que declaren y aporten información al caso.

5) ¿Se puede presentar la solicitud de régimen compensatorio sin documentos o testigos?

Si, se deberá presentar un informe detallado de la situación vivida, acompañado de una declaración jurada que será valorada en última instancia por la comisión

6) ¿Cómo se integra la Comisión Especial Reparatoria?

La Comisión está integrada por un representante y suplente del Ministerio de Desarrollo Social, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Banco de Previsión Social, y dos representantes de Organizaciones de la Sociedad Civil, designadas por el Consejo Nacional de Diversidad.

7) ¿Quiénes no pueden cobrar la pensión especial reparatoria?

No podrán cobrar aquellas personas trans que reciban jubilación, retiro, pensión o subsidio transitorio por incapacidad parcial, así como ingresos superiores a 15 BPC, calculados en promedio anual.

Instructivo: 

  • Completar e imprimir el formulario web. 
  • Presentarlo en la Sede Central del Mides, en la Oficina 707. Deberá estar dentro de un sobre cerrado donde podrás adjuntar opcionalmente la información probatoria. También puedes enviar el formulario y dicha documentación escaneados al correo leytrans@mides.gub.uy. En ambos casos deberás adjuntar fotocopia de la cédula de identidad.
  • El sobre debe estar dirigido a la Comisión Especial Reparatoria.

 

Actas de la Comisión Especial Reparatoria:

 

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