Respuesta sobre asistentes personales y teleasistencia del Sistema de Cuidados

Información general sobre la población (niñas y niños, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia) del Sistema Nacional de Cuidados.

Fecha: 26 de junio de 2018
Expediente: SDI-2883/2018
Asunto: Informe actualizado al enviado en respuesta del Oficio No. 16621 por solicitud de información del Representante Pablo D. Abdala.

1. Según se desprende de la nota remitida, en primer lugar se nos consulta: ¿Cuántas personas con dependencia severa están recibiendo el apoyo de un asistente personal?
En este marco, informamos que al mes de junio de 2018, revisten la condición de beneficiarios del servicio de Asistentes Personales 4.525 personas.

2. En segundo lugar, se nos consulta: ¿Cuántas personas en igual condición fueron seleccionadas y aguardan acceder al programa de asistentes personales?
Para acceder al programa de Asistentes Personales, fueron seleccionadas y se encuentran pendientes de acceso 2.682 personas.

3. En tercer lugar se nos consulta: ¿Qué características personales (edad, etcétera) tienen las personas referidas en los numerales 1) y 2)?
En lo que refiere a las características personales de las personas referidas en el numeral 1), informamos que de las 4.525 personas que han accedido al servicio de Asistentes Personales, 2.048 de ellas (equivalente al 45,3%) son varones y 2.477 (equivalente al 54,7%) son mujeres.
Si a estos beneficiarios los clasificamos por rango etario, la misma responde al siguiente detalle: de 0 a 3 años son 93 personas (equivalente al 2,1%); de 4 a 17 años son 1.649 personas (equivalente al 36,4%): de 18 a 29 años son 571 personas (equivalente al 12,6%); de 30 a 59 años son 340 personas (equivalente al 7,5%); de 60 a 69 años son 49 personas (equivalente al 1,1%); de 70 a 79 son 40 personas (equivalente al 0,9%); y finalmente mayores de 80 años son 1.783 personas (equivalente al 39,4%).
Finalmente corresponde informar que del total de personas analizado, 1.376 personas (equivalente al 30,4%) se encuentran radicadas en Montevideo y 3.149 personas (equivalente al 69,6%) se encuentran radicadas en el interior.
Con referencia a las características de las personas incluidas en el numeral 2), o sea personas que fueron seleccionadas y aguardan acceder al programa de Asistentes Personales, informamos que de las 2.682 personas, 952 de ellas son varones (equivalente al 35,5%) y 1.730 son mujeres (equivalente al 64,5%).
Si a estas personas, la clasificamos por rango etario, de 0 a 3 años contamos con 46 personas (equivalente al 1,7%); de 4 a 17 años con 452 personas (equivalente al 16,9%); de 18 a 29 años con 233 personas (equivalente a 8,7%); de 30 a 59 años con 120 personas, (equivalente a 4,5%); de 60 a 69 años con 10 personas (equivalente a 0,4%); de 70 a 79 años son 14 personas (equivalente a 0,5%); finalmente, personas mayores de 80 años son 1.807 (equivalente al 67,4%). Por último, corresponde informar que del escenario analizado, 1.037 personas
(equivalente a 38,7%) se encuentran radicadas en Montevideo y 1.645 personas (equivalente a 61,3%) se encuentran radicadas en el interior.

4. En cuarto lugar se nos consulta: ¿Cuántas personas están recibiendo los servicios de Teleasistencia?
Respecto al total de personas que reciben el servicio de Teleasistencia, podemos informar que a junio de 2018, contamos con un total de 501 personas, de las cuales 95 de ellas son varones (el equivalente al 19 %) y 406 son mujeres (el equivalente a 81 %).
Si clasificamos a dichas personas por franja etaria, entre los 70 a 79 años, contamos con 188 personas (equivalente al 37,5%) y mayores de 80 años contamos con 313 personas (equivalentes al 62,5%).
Del total analizado, 223 personas se encuentran radicadas en Montevideo (equivalente a 44,5%) y 278 de ellos se encuentran radicadas en el interior del país (equivalente al 55,5%).

5. En quinto lugar, se nos consulta: ¿Cuántas personas han solicitado dichos servicios, y reuniendo los requisitos exigidos aún no los han recibido?
En este marco, informamos que las personas que han solicitado el servicio y aún no lo han recibido, son un total de 452 personas. Dicho escenario se compone de: 74 varones (equivalente al 16,4%) y 378 mujeres (equivalente al 83,6%), los cuales clasificados por rango etario de 70 a 79 años, son 163 personas (equivalente al 36,1%); y mayores de 80 años son 289 personas (equivalente a 63,9%).
De los usuarios mencionados, 194 se encuentran radicados en Montevideo (equivalente al 42,9%) y 258 en el interior del país (equivalente a un 57,1%).

6. En sexto lugar se nos consulta: ¿Cuántos cuidadores han sido capacitados por el sistema y cuantos están cumpliendo funciones?
En lo que refiere a las personas que se desempeñan como Asistentes Personales, al mes de junio de 2018 se han capacitado acorde a la curricula del Sistema Nacional Integrado de Cuidados, 1.362 personas.
Sin perjuicio de ello, se encuentran cumpliendo funciones de Asistente Personal 3.961 personas, de las cuales 530 de ellas se encuentran formados acorde a los parámetros del Sistema.

7. En séptimo lugar se nos consulta: ¿Cuántas casas de cuidado funcionan en la actualidad y cuántas se proyectan inaugurar en el corriente año?
En el caso de las casas de cuidado, corresponde informar que actualmente se encuentran en funcionamiento 5 de ellas, proyectándose para este 2018 el funcionamiento de 20 casas.

8. Finalmente, en octavo lugar se nos consulta: ¿En qué etapa se encuentra la propuesta de otorgar un subsidio para el alojamiento en casas de salud y a que personas alcanzaría?
Con referencia al Programa de Apoyo al Cuidado Permanente, el cual implica la implementación de un subsidio económico que permita el acceso a servicios de cuidado de larga duración para personas mayores en situación de dependencia que cuenten con 65 años o más y que residan en el territorio nacional, corresponde informar en primer término, que el mismo se encuentra en plena etapa de diseño, a partir de la interacción entre los organismos alcanzados por el mismo (Ministerio de Desarrollo Social y Ministerio de Salud Publica) habiéndose definido la población destinataria, las características del servicio a ofrecerse, sus exigencias y requerimientos para prestadores, así como los mecanismo de provisión del mismo. En este marco, se encuentra en etapa de redacción el texto del convenio que refleje los acuerdos alcanzados entre las partes.
En segundo lugar, en lo que refiere al universo de personas alcanzado por el referido programa, nos corresponde informar que en ocasión de la progresividad prevista por el art. 4 Lit B) de la Ley N°9 19.353 de 27 de noviembre de 2015, en una primera instancia el programa se encuentra destinado a personas en situación de dependencia, de 65 años o más, atendiendo a los siguientes criterios: en primer lugar, que con motivo de la clausura del Centro de Larga Estadía en el que residen, deben ser realojadas y no cumplen con los requisitos de acceso a otros programas existentes; en segundo lugar, que no cuenten con familiares que puedan hacer frente a la responsabilidad de su cuidado como de los gastos que esto requiere y manifiesten su voluntad de institucionalizarse en un centro de larga estadía.
Excepcionalmente, podrán acceder a este programa, con autorización expresa del Ministerio de Salud Pública, personas mayores de edad, las cuales aunque no hayan cumplido los 65 años de edad, se encuentren en situación de dependencia, y que con motivo de la clausura del Centro de Larga Estadía en el que se encontraban, deban ser realojadas y no reúnan los requisitos de acceso a otros programas existentes.
Finalmente, se pretende accedan al programa referido, personas derivadas del programa de Soluciones Habitacionales del Banco de Previsión Social, previa instrumentación de un acuerdo entre la Secretaría Nacional de Cuidados y el propio Banco de Previsión Social.

Sin más que informar y habiéndose cumplido con los plazos previstos en el art. 1 de la Ley N°9 17.673 de 21 de julio de 2003, se remite el presente informe, quedando a su entera disposición para ampliar la información o en su caso, proceder en el sentido que se entienda pertinente en el marco de los cometidos de esta Secretaría.

Mtra. Marina Arismendi.

Ministerio de Desarrollo Social.

 

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