Enseñanza Media Superior CETP

9 de Agosto, 2021

Creado en e laño 1878 el objetivo de este programa es que todos los habitantes del país logren aprendizajes de calidad, a lo largo de toda la vida y en todo el territorio nacional, a través de acciones educativas desarrolladas y promovidas por el Estado, tanto de carácter formal como no formal. Este programa es ejecutado por la Administración Nacional de Educación Pública y está dirigido a todos aquellos estudiantes que hayan finalizado el ciclo básico.

Organismo Responsable

Administración Nacional de Educación Pública

Unidad Ejecutora

Consejo de Educación Técnico Profesional

Área / Subárea de política

Educación / Educación formal media

Año de Creación

1878

Objetivo general

Los objetivos generales de la Educación Pública Nacional se enmarcan en el Capitulo III (Art. 12 y 13) de la Ley General de Educación (18.437).
Artículo 12. (Concepto).- La política educativa nacional tendrá como objetivo fundamental, que todos los habitantes del país logren aprendizajes de calidad, a lo largo de toda la vida y en todo el territorio nacional, a través de acciones educativas desarrolladas y promovidas por el Estado, tanto de carácter formal como no formal.
Asimismo, el Estado articulará las políticas educativas con las políticas de desarrollo humano, cultural, social, tecnológico, técnico, científico y económico. También articulará las políticas sociales para que favorezcan al cumplimiento de los objetivos de la política educativa nacional.
Artículo 13. (Fines).- La política educativa nacional tendrá en cuenta los siguientes fines:
A) Promover la justicia, la solidaridad, la libertad, la democracia, la inclusión social, la integración regional e internacional y la convivencia pacífica.
B) Procurar que las personas adquieran aprendizajes que les permitan un desarrollo integral relacionado con aprender a ser, aprender a aprender, aprender a hacer y aprender a vivir juntos. Para ello, la educación deberá contemplar los diferentes contextos, necesidades e intereses, para que todas las personas puedan apropiarse y desarrollar los contenidos de la cultura local, nacional, regional y mundial.
C) Formar personas reflexivas, autónomas, solidarias, no discriminatorias y protagonistas de la construcción de su comunidad local, de la cultura, de la identidad nacional y de una sociedad con desarrollo sustentable y equitativo.
D) Propender al desarrollo de la identidad nacional desde una perspectiva democrática, sobre la base del reconocimiento de la diversidad de aportes que han contribuido a su desarrollo, a partir de la presencia indígena y criolla, la inmigración europea y afrodescendiente, así como la pluralidad de expresiones culturales que enriquecen su permanente evolución.
E) Promover la búsqueda de soluciones alternativas en la resolución de conflictos y una cultura de paz y de tolerancia, entendida como el respeto a los demás y la no discriminación.
F) Fomentar diferentes formas de expresión, promoviendo la diversidad cultural y el desarrollo de las potencialidades de cada persona.
G) Estimular la creatividad y la innovación artística, científica y tecnológica.
H) Integrar el trabajo como uno de los componentes fundamentales del proceso educativo, promoviendo la articulación entre el trabajo manual e intelectual.

Para la educación técnica los objetivos específicos de la Educación Técnico Profesional se enmarcan en el Titulo II, Capitulo II (Art. 28) de la Ley General de Educación (18.437).
Artículo 28. (De la educación técnico profesional).- La educación técnico profesional estará dirigida a personas de quince años y más. Tendrá el propósito de la formación para el desempeño calificado de las profesiones y de técnicos medios y superiores vinculados a diferentes áreas ocupacionales comprendiendo la formación profesional (básica y superior), técnica y tecnológica del nivel medio incluyendo a las tecnicaturas. Las propuestas de la educación técnico profesional deben permitir la continuidad educativa de los educandos. Los conocimientos o créditos adquiridos serán reconocidos o revalidados para continuar estudios en los niveles educativos que correspondan.

Objetivos específicos

  • El Consejo de Educación Técnico Profesional (CETP), de acuerdo con las potestades conferidas por la Ley de Educación N° 18.437, es responsable desde el Estado, de la Educación Técnica y Profesional de nivel medio y terciario. Tiene como cometido ofrecer una educación científicotécnicotecnológica profesional pertinente, de calidad, en concordancia con los lineamientos estratégicos nacionales en lo social y productivo.
  • Desde esta perspectiva, la Universidad del Trabajo del Uruguay, se abocará a desarrollar políticas educativas diferenciadas e innovadoras, con propuestas formativas que atiendan todas las dimensiones del Ser Humano. Que posibilite a jóvenes y adultos, la participación democrática como ser social y su inserción real en la producción, las artes y los servicios, con el conocimiento no sólo como valor agregado, sino como elemento esencial para integrarse crítica y constructivamente al mundo
  • En este sentido le compete asesorar, orientar, promocionar, viabilizar, fortalecer y ejecutar acciones para dar respuesta e impulsar demandas sociales y productivas del medio o sector donde se encuentran insertos los diferentes Centros Educativos.

¿A quién está dirigido?

  • Estudiantes que hayan finalizado el Ciclo Básico de Educación Media.

Actividades / Servicios / Prestaciones del programa

  • Se brinda formación de nivel medio superior de tipo técnico-tecnológico o artístico.

Departamentos en los que opera el programa

Artigas, Canelones, Cerro Largo, Colonia, Durazno, Flores, Florida, Lavalleja, Maldonado, Montevideo, Paysandú, Río Negro, Rivera, Rocha, Salto, San José, Soriano, Tacuarembó, Treinta y Tres