Beneficios complementarios a amparados por la Ley 14.407

7 de Febrero, 2024

El programa tiene como cometido suministrar al trabajador que ha sufrido una contingencia de salud un producto o artículo sanitario que siendo adicional y necesario le permita recuperar su capacidad laboral. Para ello, el Banco de Previsión Social realiza una contribución de dinero para la adquisición de prótesis, órtesis, sillas de ruedas, lentes y asistencias especiales.

Organismo Responsable

Banco de Previsión Social

Unidad Ejecutora

Dirección Técnica de Prestaciones - Prestaciones Económicas

Área / Subárea de política

Seguridad social / Transferencias contributivas

Año de Creación

1982

Objetivo general

Brindar servicios complementarios de asistencia médica que cubran la pérdida de la integridad psicosomática del trabajador.

Objetivos específicos

  • Suministrar al trabajador que ha sufrido una contingencia de salud, un producto sanitario que siendo adicional y necesario le permita recuperar su capacidad laboral.

¿A quién está dirigido?

  • Trabajadores dependientes del sector privado (industria y comercio, construcción, trabajo doméstico, rurales). Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 113).
  • Quienes estén amparados al subsidio por desempleo, por enfermedad, por maternidad o perciban el complemento por indemnización del Banco de Seguros del Estado. Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 113).
  • Trabajadores independientes: monotributistas; patrones unipersonales (industria y comercio y rurales) y cónyuges colaboradores con hasta cinco dependientes, con opción de cobertura mutual.
  • Trabajadores del Ministerio de Transporte y Obras Públicas con vínculo funcional 53 (cualquier seguro de salud).
  • Docentes de la escuela y liceo Elbio Fernández.
  • Funcionarios del sector público con aportación civil. Según las condiciones de acceso y cobertura que rigen en los convenios vigentes

Actividades / Servicios / Prestaciones del programa

  • Se entrega una transferencia monetaria para la provisión de productos o artículos sanitarios: prótesis, órtesis, sillas de ruedas, lentes (de contacto) y asistencias especiales.
  • Contribución en dinero para adquirir lentes comunes, bifocales, multifocales y armazón.

Departamentos en los que opera el programa

Artigas, Canelones, Cerro Largo, Colonia, Durazno, Flores, Florida, Lavalleja, Maldonado, Montevideo, Paysandú, Río Negro, Rivera, Rocha, Salto, San José, Soriano, Tacuarembó, Treinta y Tres