Beneficios complementarios a amparados por la Ley 14.407
El programa tiene como cometido suministrar al trabajador que ha sufrido una contingencia de salud un producto o artículo sanitario que siendo adicional y necesario le permita recuperar su capacidad laboral. Para ello, el Banco de Previsión Social realiza una contribución de dinero para la adquisición de prótesis, órtesis, sillas de ruedas, lentes y asistencias especiales.
Organismo Responsable
Banco de Previsión Social
Unidad Ejecutora
Dirección Técnica de Prestaciones - Prestaciones EconómicasÁrea / Subárea de política
Seguridad social / Transferencias contributivas
Año de Creación
1982
Objetivo general
Brindar servicios complementarios de asistencia médica que cubran la pérdida de la integridad psicosomática del trabajador.
Objetivos específicos
- Suministrar al trabajador que ha sufrido una contingencia de salud, un producto sanitario que siendo adicional y necesario le permita recuperar su capacidad laboral.
¿A quién está dirigido?
- Trabajadores dependientes del sector privado (industria y comercio, construcción, trabajo doméstico, rurales). Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 113).
- Quienes estén amparados al subsidio por desempleo, por enfermedad, por maternidad o perciban el complemento por indemnización del Banco de Seguros del Estado. Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 113).
- Trabajadores independientes: monotributistas; patrones unipersonales (industria y comercio y rurales) y cónyuges colaboradores con hasta cinco dependientes, con opción de cobertura mutual.
- Trabajadores del Ministerio de Transporte y Obras Públicas con vínculo funcional 53 (cualquier seguro de salud).
- Docentes de la escuela y liceo Elbio Fernández.
- Funcionarios del sector público con aportación civil. Según las condiciones de acceso y cobertura que rigen en los convenios vigentes
Actividades / Servicios / Prestaciones del programa
- Se entrega una transferencia monetaria para la provisión de productos o artículos sanitarios: prótesis, órtesis, sillas de ruedas, lentes (de contacto) y asistencias especiales.
- Contribución en dinero para adquirir lentes comunes, bifocales, multifocales y armazón.
Departamentos en los que opera el programa
Artigas, Canelones, Cerro Largo, Colonia, Durazno, Flores, Florida, Lavalleja, Maldonado, Montevideo, Paysandú, Río Negro, Rivera, Rocha, Salto, San José, Soriano, Tacuarembó, Treinta y Tres