Acta ajuste enero 2020
Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al cuarto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo suscrito el 26 de noviembre de 2018.
ACTA DE CONSEJOS DE SALARIOS. En la ciudad de Montevideo, a los 20 días del mes de diciembre de 2019, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 10: “Comercio en general”, Subgrupo N° 05: “Importadores y Mayoristas de Almacén” integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Lic. Andrea Badolati, Lic. Marcelo Terevinto y Lic. Florencia Zeballos,; Delegado de los trabajadores por FUECYS (Federación Uruguaya de Empleados del Comercio y Servicios), representada en este acto por el Sr. Favio Riverón; Delegado Empresarial: la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay, representada en este acto por el Dr. Diego Yarza.
SE DEJA CONSTANCIA QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al cuarto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo suscrito el 26 de noviembre de 2018.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula tercera numeral 3.5) del referido acuerdo, el aumento salarial que regirá a partir del 1° de enero de 2020 será el siguiente:
I) Los salarios comprendidos en la franja 1 recibirán un ajuste nominal de 3,75% .
II) Los salarios comprendidos en la franja 2 recibirán un ajuste nominal de 3,5%.
III) Los salarios comprendidos en la franja 3 recibirán un ajuste nominal de 3%
Las franjas que anteceden se corresponden al salario base por 44 horas de trabajo, en caso de que el trabajador tenga una menor carga horaria se reducirá dicho valor en forma proporcional.
A los efectos de determinar en qué franja queda comprendido el salario de un trabajador, se deberá computar su remuneración fija (“salario base”).
TERCERO: En función del presente ajuste, los salarios mínimos nominales a partir del 1° de enero de 2020 son los siguientes:
| 01/01/20 |
ADMINISTRACIÓN |
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Aux. Administrativo de ingreso | 22389 |
Auxiliar de 2da. | 24627 |
Auxiliar 1° | 25822 |
Cajero | 26391 |
Jefe de sección | 32302 |
DEPOSITO Y EXPEDICION |
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Peon de ingreso | 21339 |
Peon | 24627 |
Auxiliar sect. De deposito | 25411 |
Chofer de autoelevador | 25767 |
Chofer | 26782 |
Ayudante de capataz | 28090 |
Capataz | 33477 |
VENTAS |
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Vend. De mostrador o promotor | 24409 |
Vend de plaza o viajante | 24627 |
Supervisor o Sub jefe de ventas | No lauda |
Jefe de ventas | No lauda |
Chofer vendedor | 28166 |
MANTENIMIENTO |
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Limpiador, sereno | 24627 |
Tope de antigüedad | 45726 |
Premio de fin de año (los que no tienen aguinaldo extra, salario vacacional complementario u otros de similar naturaleza) | 3694 |
Premio de fin de año (los que tienen aguinaldo extra, salario vacacional complementario u otros de similar naturaleza) | 2000 |
Leída, se firman 6 ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.