Ajsutes julio 2009

 

ACTA. En la ciudad de Montevideo, el 15 julio de 2009, reunido el Consejo de Salarios del grupo Nº 10: "Comercio en general", subgrupo N° 18 "Supermercados", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Jimena Ruy- López y Lic. Marcelo Terevinto; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al tercer ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo suscrito el 21 de noviembre de 2008, recogido en decreto de 29 de diciembre de 2008.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta numeral II del convenio referido, los porcentajes de aumento salarial que regirán a partir del 1 de julio de 2009 son los siguientes:

A) Para aquellos trabajadores que perciban el salario mínimo de su categoría: 6%

B) Para aquellos trabajadores que perciban una remuneración superior al salario mínimo de su categoría: 3%

TERCERO: Los salarios mínimos para el sector a partir del 1/7/2009 son los siguientes:

 

 

 

Nivel 1

Auxiliar de Ventas, Aprendiz de Elaboración, Cajero Aprendiz, Admin.,

 

 

Auxiliar de Mantenimiento,Auxiliar de Servicio,

5.913

 

 

 

Nivel 2

Aux. de Ventas Calificado, Aux. de Elaboración, Cajero, Admin. Calificado

 

 

½ Oficial de Mantenimiento, Auxiliar de Servicio Calificado.

6.154

 

 

 

Nivel 3

Auxiliar de Ventas Especializado, Oficial de Elaboración, Cajero Especializado,

 

 

Adm. Especializado, Oficial de Mantenimiento, Aux. de Servicio Especializado

6.642

 

 

 

Nivel 4

Sub Jefe de Sección, Sub Jefe de Elaboración, Sub Jefe de Sección, Recepcionista

7.392

 

 

 

Nviel 5

Jefe de Sección, Jefe de Elaboración, Jefe de Recepción

8.281

 

 

 

Leída, se firman 4 ejemplares del mismo tenor.

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