Ajuste enero 2015
ACTA.En la ciudad de Montevideo, el 6 de febrero de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10 (Comercio en General), Subgrupo N° 22 (Distribución de G.L.P.), integrado por: delegadas del Poder Ejecutivo: Dras. Jimena Ruy-López, Bettina Fernández y Lic. Marcelo Terevinto; delegado empresarial: Dr. Juan Mailhos; delegado de los trabajadores: Sr. Ismael Fuentes, se procede a dejar constancia de lo siguiente:
PRIMERO:Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial de enero 2015, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el 11 de junio de 2013, recogido posteriormente por Acta de este Consejo.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en el referido Convenio, el aumento salarial que regirá a partir del 1 de enero de 2015 es del 8,26% resultante de la acumulación de los siguientes elementos: a) correctivo de inflación del año 2014 : 3,10 %y b) 5 % IPC proyectado para el año 2015 (centro de la banda BCU)
TERCERO:En función del presente ajuste, los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1º de enero de 2015 son los siguientes:
| 01/01/15 |
CATEGORIAS |
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Ayudante | 14.161 |
Sereno Casero de Planta | 14.867 |
Pisteros Diurnos y Nocturnos | 15.930 |
Chofer | 17.702 |
Chofer Service | 19.472 |
Encargado de Puesto de | 21.241 |
Abastecimiento |
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Zafral | 14.161 |
Leída, se firman 5 ejemplares en el lugar y fecha arriba indicados.