Ajuste Julio 2014

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ACTA.En la ciudad de Montevideo, el 24 de julio de 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10: Comercio en general, Subgrupo N° 11: Casas de Fotografía, integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Soc. Andrea Badolati, Lic. Marcelo Terevinto y Dra. Jimena Ruy- López; Delegados Empresariales:  Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes, se procede a dejar constancia de lo siguiente:

PRIMERO:Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el 22 de noviembre de 2013,

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula sexta  del referido Convenio, el aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2014 es el siguiente:

 Ajuste 1 de julio de 2014

A partir del 1 de julio de 2014, todos los trabajadores del sector  recibirán  un  incremento del 9,08 %  para el período comprendido entre el 1/7/2014- 31/12/2014, que se compone de la acumulación de los siguientes factores: a)5% inflación proyectada: se tomará la inflación estimada para  julio 2014 - junio de 2015, según información del Banco Central del Uruguay (centro de la banda); b) 3,89 % correctivo: se comparará la inflación real del período julio 2013 a junio 2014 con la estimada para ese mismo lapso.

 

TERCERO:En función del presente ajuste, los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1º de julio de 2014 son los siguientes:

CATEGORIAS

01/07/14

Cadete

11.905

Limpiador

11.905

Auxiliar de Ventas

11.905

Auxiliar administrativo 2o.

11.905

Tercer Vendedor

12.126

Ayudante de mini lab

12.126

Cajero

12.535

Chofer

12.535

Segundo Vendedor

13.120

Encargado de Depósito

13.120

Auxiliar Administrativo 1o.

14.045

Primer Vendedor

15.732

Operador de mini lab

15.732

Encargado de Local

18.040

 

Leída que fue, se firman 5 ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha arriba indicados.

 

 

 

 

 

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