Ajuste Julio 2015
ACTA.En la ciudad de Montevideo, el 23 de julio de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10: Comercio en general, Subgrupo N° 11: Casas de Fotografía, integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Soc. Andrea Badolati, Lic. Marcelo Terevinto, Dra. Jimena Ruy- López y Dra. Bettina Fernández; Delegados Empresariales: Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes, se procede a dejar constancia de lo siguiente:
PRIMERO:Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el 22 de noviembre de 2013,
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula sexta del referido Convenio, el aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2015 es el siguiente:
Ajuste 1 de julio de 2015
A partir del 1 de julio de 2015, todos los trabajadores del sector recibirán un incremento del 8,53 % para el período comprendido entre el 1/7/2015- 31/12/2015, que se compondrá de la acumulación de los siguientes factores: a) 5 % inflación proyectada: se tomará la inflación estimada para julio 2015 - junio de 2016, según información del Banco Central del Uruguay (centro de la banda); b) 3,36% correctivo: se comparará la inflación real del período julio 2014 a junio 2015 con la estimada para ese mismo lapso.
TERCERO:En función del presente ajuste, los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1º de julio de 2015 son los siguientes:
CATEGORIAS | 01/07/15 |
Cadete | 13.438 |
Limpiador | 13.438 |
Auxiliar de Ventas | 13.438 |
Auxiliar administrativo 2o. | 13.438 |
Tercer Vendedor | 13.686 |
Ayudante de mini lab | 13.686 |
Cajero | 14.148 |
Chofer | 14.148 |
Segundo Vendedor | 14.808 |
Encargado de Depósito | 14.808 |
Auxiliar Administrativo 1o. | 15.623 |
Primer Vendedor | 17.501 |
Operador de mini lab | 17.501 |
Encargado de Local | 20.068 |
Leída que fue, se firman 5 ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha arriba indicados.