Ajuste Julio 2015

ACTA.En la ciudad de Montevideo, el 23 de julio de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10: Comercio en general, Subgrupo N° 11: Casas de Fotografía, integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Soc. Andrea Badolati, Lic. Marcelo Terevinto, Dra. Jimena Ruy- López y Dra. Bettina Fernández; Delegados Empresariales:  Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes, se procede a dejar constancia de lo siguiente:

PRIMERO:Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el 22 de noviembre de 2013,

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula sexta  del referido Convenio, el aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2015 es el siguiente:

 Ajuste 1 de julio de 2015

A partir del 1 de julio de 2015, todos los trabajadores del sector  recibirán  un  incremento del 8,53 %  para el período comprendido entre el 1/7/2015- 31/12/2015, que se compondrá  de la acumulación de los siguientes factores: a) 5 % inflación proyectada: se tomará la inflación estimada para  julio 2015 - junio de 2016, según información del Banco Central del Uruguay (centro de la banda); b) 3,36% correctivo: se comparará la inflación real del período julio 2014 a junio 2015 con la estimada para ese mismo lapso.

TERCERO:En función del presente ajuste, los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1º de julio de 2015 son los siguientes:               

CATEGORIAS

01/07/15

Cadete

13.438

Limpiador

13.438

Auxiliar de Ventas

13.438

Auxiliar administrativo 2o.

13.438

Tercer Vendedor

13.686

Ayudante de mini lab

13.686

Cajero

14.148

Chofer

14.148

Segundo Vendedor

14.808

Encargado de Depósito

14.808

Auxiliar Administrativo 1o.

15.623

Primer Vendedor

17.501

Operador de mini lab

17.501

Encargado de Local

20.068

Leída que fue, se firman 5 ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha arriba indicados.

 

 

 

 

 

 

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