Ajuste Julio 2015

ACTA.En la ciudad de Montevideo, el 23 de julio de 2015, reunido el Consejo de Salarios del grupo Nº 10: “Comercio en general”, subgrupo N° 24: “Cooperativas de Consumo”,integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Soc. Andrea Badolati, Dra. Jimena Ruy- López, Lic. Marcelo Terevinto y Dra. Bettina Fernández; Delegados Empresariales Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día  14 de noviembre de 2013.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula segunda referida convenio, el porcentaje de aumento salarial es del8,53 % que regirá a partir del 1º de julio de 2015:Se otorgará un aumento resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

a) 3,36% correctivo de la inflación proyectada para el período 1/7/2014- 30/6/2015 y b) 5 % inflación proyectada para el período 1/7/2015-30/6/2016 (centro de la banda BCU).

TERCERO:Los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1º de julio de 2015 son los siguientes:

Gerente   70.280
Subgerente   63.066
Jefe de Departamento 57.670
Sub jefe de Departamento 51.490
Jefe de Sección 46.428
Sub jefe de Sección 42.075
Oficial 1° de Administración 37.568
Oficial 2° de Administración 33.543
Auxiliar 1° Vendedor 30.903
Auxiliar 2°   27.402
Peón o limpiador 24.466
Meritorio   21.845
Cadete   19.504

Leída que fué se firman 5 ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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