Ajustes enero 2007

ACTA. En la ciudad de Montevideo, el 17 de enero de 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10: "Comercio en general", Subgrupo N° 06: "Casas de música", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Jimena Ruy- López y Lic. Marcelo Terevinto; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Cr. Hugo Montgomery;Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.HACEN CONSTAR QUE:PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo  suscrito el día 30 de octubre de 2006, recogido por decreto de 4 de diciembre de 2006.SEGUNDO:Ajuste para los salarios mínimos de la categoria.En virtud de lo establecido en las cláusulas quinta y séptima del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2007 para los trabajadores que perciban el salario mínimo de la categoría es del 4,12%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

  1. Por concepto de inflación esperada, el promedio simple de las expectativas de inflación relevadas por el Banco Central del Uruguay entre instituciones y analistas económicos para el período 1° de enero 2007 al 30 de junio 2007: 1,0293 (2,93%).

B. Por concepto de crecimiento: 1,02 (2%).C. Correctivo semestral: 0,09917 (-0,83%).Fórmula de ajuste de salarios: 1,0293 x 1,02 x 0,09917= 4,12%.TERCERO:Ajuste para los salarios superiores al mínimo de la categoriaEn virtud de lo establecido en las cláusulas quinta y séptima del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2007 para los trabajadores que perciban salario superior a el salario mínimo de la categoría es del 3,35%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:         A.Por concepto de inflación esperada, el promedio simple de las expectativas de inflación relevadas por el Banco Central del Uruguay entre instituciones y analistas económicos para el período 1° de enero 2007 al 30 de junio 2007: 1,0293 (2,93%).     B. Por concepto de crecimiento: 1,0125 (1,25%).     C. Correctivo semestral: 0,09917 (-0,83%).Fórmula de ajuste de salarios: 1,0293 x 1,0125 x 0,09917= 3,35%.

 

CUARTO: Los salarios mínimos nominales para el subgrupo vigentes a partir del 1º de enero de 2007, serán los siguientes:

CATEGORIAS

SALARIOS

Cadete

$3757

Limpiador

$3757

Peón

$3757

Auxiliar de Venta

$4064

Auxiliar de Empaque

$4064

Auxiliar de Depósito

$4064

Auxiliar de Expedición

$4064

Auxiliar de Taller

$4064

Auxiliar de Administración

$4064

Portero recepcionista

$4572

Vendedor de segunda

$4572

Auxiliar segundo de Administración

$4572

Medio oficial técnico

$4572

Digitador

$4572

Encargado de limpieza

$4572

Profesor segundo

$4572

Auxiliar cajero General

$4827

Cajero de Ventas

$4827

Empaquetador

$4827

Auxiliar de Sucursal

$4827

Chofer

$4827

Telefonista

$4827

Auxiliar promoción

$4827

Diseñador gráfico

$4827

Vidrierista

$4827

Auxiliar de Compra

$4827

Auxiliarde Exportación e Importación

$4979

Auxiliar de Producción

$4979

Profesor Primero

$5080

Vendedor Primero

$5080

Auxiliar 1º de Administración

$5080

Oficial Técnico

$5080

Cobrador

$5080

Operador

$5080

Vendedor de Plaza

$5335

Viajante

$5335

Sub encargado de crédito de cobranza

$5335

Coordinador de escuela de música

$5335

 

 

Encargado de Depósito

$5487

Encargadode expedición

$5487

Cajero General

$5487

Encargado de Sección

$5588

Encargado de Sucursal

$5588

Secretaría

$5588

Encargado de Exportación e Importación

$5588

Encargado de Compras

$6269

Ayudante de Contador

$6269

Encargado de Créditos y Cobranzas

$6269

Encargado de Finanzas

$6269

Encargado de Administración

$6269

Supervisor

$6269

Jefe de Taller

$6602

Jefe de Importación y Exportación

$6602

Jefe de Departamento de Producción y  Promoción

$6602

Jefe de Ventas

$6602

QUINTO: Los incrementos no se aplicarán sobre las remuneraciones variables pero sí se aplicará sobre partidas fijas, por ejemplo tickets alimentación.

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

 

 

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