Ajustes enero 2010

  

ACTA. En la ciudad de Montevideo, el 28 de enero de 2010, reunido el Consejo de Salarios del grupo Nº 10: "Comercio en general", subgrupo N° 4: "Bazares, Ferreterías, Pinturerías y Jugueterías; Venta de Artículos de Electricidad y Electrónica", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Jimena Ruy- López, Soc.Andrea Badolati y Lic. Marcelo Terevinto; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al cuarto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el 30 de octubre de 2008, recogido en el Decreto Nº 700/ 008, de 22 de diciembre de 2008.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta numeral III del referido Convenio, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1 de enero de 2010 para todos los trabajadores que se desempeñan en las empresas del sector es del 5,9%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

A) Por concepto de inflación esperada: el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del Banco Central del Uruguay para el período 1 de enero 2010 – 31 de diciembre de 2010:5 %

B) Por concepto de correctivo correspondiente al año anterior (1/1/2009-31/12/2009). Se revisaron los cálculos de inflación proyectada en enero 2008, comparándolos con la variación real del Índice de Precios al Consumo del período (1/1/2009-31/12/2009): 5,9%, y la proyectada para el año anterior había sido del 5%. La diferencia por tanto que debe incorporarse a este ajuste es de 0,86%.

TERCERO: Los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1 de enero de 2010 son los siguientes:

SALARIOS MINIMOS




01/01/10
CATEGORIA 1

6.894
CATEGORIA 2

7.488
CATEGORIA 3

8.027
CATEGORIA 4

8.685
CATEGORIA 5

9.194
CATEGORIA 6

10.012
CATEGORIA 7

11.057
CATEGORIA 8

11.992
CATEGORIA 9

13.210
CATEGORIA 10

14.373


Leída, se firman tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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