Ajustes Enero 2012

ACTA. En la ciudad de Montevideo, el 17 de enero de 2012, reunido el Consejo de Salariosdel grupo Nº 10: "Comercio en general", subgrupo N° 4: "Bazares, Ferreterías, Pinturerías y Jugueterías; Venta de Artículos de Electricidad y Electrónica", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Soc.Andrea Badolati y Lic. Marcelo Terevinto; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el 30 de diciembre de 2010.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula sexta del referido Convenio, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1 de enero de 2012 ara todos los trabajadores que se desempeñan en las empresas del sector es del 5,28.%resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

Para el período 1/1/2012- 30/6/2012 se conviene el siguiente ajuste, resultado de la acumulación de los siguientes factores:

A) 2,5 % Por concepto de inflación esperada, el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del Banco Central del Uruguay para el período 1 de enero 2012- 30 de junio de 2012.

B) 1,19% Por concepto de correctivo, se revisarán los cálculos de inflación proyectada en julio de 2011, comparándolos con la variación real del Índice de Precios al Consumo del período 1/7/2011- 31/12/2011.

C)1,5% por concepto de crecimiento. 

TERCERO:Los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1 de enero de 2012 son los siguientes:

 

SALARIOS MINIMOS


01/01/12
CATEGORIA INGRESO7.832
CATEGORIA 18.663
CATEGORIA 29.410
CATEGORIA 310.087
CATEGORIA 410.914
CATEGORIA 511.554
CATEGORIA 612.581
CATEGORIA 713.894
CATEGORIA 815.070
CATEGORIA 916.600
CATEGORIA 1018.061

 

Leída, se firman cinco ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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