Ajustes Enero 2013
ACTA.En la ciudad de Montevideo, el 24 de enero de 2013, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10: Comercio en general, Subgrupo N° 9: Farmacias, Homeopatías y Herboristerías,integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo:Dra. Jimena Ruy- López y Lic. Marcelo Terevinto; Delegados Empresariales: Dr. Juan Mailhos; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al quinto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en Resolución de este Consejo de 9 de mayo de 2011, que recogió el Convenio Colectivo suscrito en la misma fecha.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula cuarta numeral III del referido Convenio, se fija un aumento del 5,19%, resultante de la acumulación de los siguientes factores:
a)0,12 % por concepto de correctivo de la inflación proyectada para el período 1 enero 2012- 31 diciembre 2012.
b)4,02 % por concepto de inflación estimada para el período 1 enero 2012- 30 junio 2013.
c) 1% por concepto de crecimiento.
TERCERO:Los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1 de enero de 2013 son los siguientes:
SALARIO MINIMO
FARMACIAS | 01/01/13 | |
FRANJA 1 | ||
Mandadero | 8275 | |
Quebranto de Caja Mandadero | 338 | |
Limpiadora | 8275 | |
FRANJA 2 | ||
Sereno | 8579 | |
Auxiliar Administrativo | 8579 | |
Auxiliar | 8579 | |
FRANJA 3 | ||
Vendedor de 2a. | 8911 | |
Cajero | 8911 | |
Quebranto de Cajero | 630 | |
FRANJA 4 | ||
Vendedor de 1a. | 9550 | |
FRANJA 5 | ||
Vendedor Especializado | 10341 | |
FRANJA 6 | ||
Encargado | 11785 |
Leída, se firman cinco ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.