Ajustes Enero 2014

Ajustes Enero 2014

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ACTA.En la ciudad de Montevideo, el 29 de enero de 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10 (Comercio en General), Subgrupo N° 5 (Importadores y Mayoristas de Almacén),integrado por: delegados del Poder Ejecutivo: Soc. Andrea Badolati y Dra. Jimena Ruy López; delegados de los empleadores: Dr. Juan Mailhos; delegado de los trabajadores: Sr. Héctor Castellano, se deja constancia de lo siguiente:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al  segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en decisión del Consejo de 22 de noviembre de 2013, que recogió el Convenio Colectivo  suscrito en la misma fecha.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula sexta del referido Convenio, los porcentaje de aumento salarial que regirán a partir del 1 de enero de 2014 son los siguientes:

I) Ajuste para trabajadores con el salario mínimo de su categoría.

1) Para los trabajadores que al 31/12/2013 se desempeñen como CADETE y perciban el salario mínimo de su categoría, se fija un incremento en sus remuneraciones del 5,20%, porcentaje que surge de la suma de los siguientes factores:

A) 3,20% por concepto de  crecimiento estimado de PBI para el año 2014.

B) 2% por concepto de crecimiento.

2) Los trabajadores que al 31 de diciembre de 2013 perciban el salario mínimo de su categoría (con la excepción de la categoría de CADETE), no podrán percibir un incremento inferior al 3,20% por concepto de crecimiento estimado de PBI para el año 2014.

II) Ajuste para los trabajadores con sobrelaudos.

Los trabajadores que al 31/12/2013 perciban una remuneración superior al mínimo de su categoría tendrán el ajuste que se indica a continuación:

1)Los trabajadores que al 31 de diciembre de 2013 perciban salarios de hasta $12.000 (inclusive) nominales mensuales recibirán un ajuste de 2,4% (75% del PBI previsto para el año 2014).

2)Los trabajadores que al 31/12/2013 perciban salarios de más de  $12.000 y hasta $18.000 (inclusive) nominales mensuales, recibirán un incremento del  1,6% (50% del PBI previsto para el año 2014).

3) Los trabajadores que al 31/12/2013 perciban salarios de más de  $18.000 y hasta $27.000 (inclusive) nominales mensuales, recibirán un incremento del0,8% (25% del PBI previsto para el año 2014).

4)Los trabajadores que al 31/12/2013 perciban salarios de más de $27.000 nominales mensuales no recibirán incremento salarial en este ajuste.

TERCERO:Los salarios mínimos nominales del sector a partir del 1 de enero de 2013, son los siguientes:

 

ADMINISTRACION 
Cadetes11.139
Auxiliar 2da.12.252
Auxiliar 1o.14.456
Cajero14.828
Jefe de Sección18.315
  
DEPOSITO Y EXPEDICION 
  
Peon de ingreso11.288
Peón12.252
Auxiliar Sect.de depósito12.477
Chofer de Autoelevador13.461
Chofer14.579
Ayudante de Capataz15.889
Capataz18.980
  
VENTAS 
  
Vend.de plaza o viajante12.252
Vend.de mostrador o promotor12.477
Supervisor o Sub-jefe de ventas o inspect. 
Jefe de Ventas 
Chofer Vendedor15.889
  
MANTENIMIENTO 
  
Limpiador, sereno12.252

Leída, se firman 6 ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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