Ajustes julio 2009

 

ACTA. En la ciudad de Montevideo, el 15 julio de 2009, reunido el Consejo de Salarios del grupo Nº 10: "Comercio en general", subgrupo N° 17 "Repuestos para Automotores", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Jimena Ruy- López y Lic. Marcelo Terevinto; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al tercer ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo suscrito el 3 de diciembre de 2008, recogido en decreto de 29 de diciembre de 2008.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula cuarta numeral 2 del convenio referido, los porcentajes de aumentos salariales que regirán a partir del 1 de julio de 2009 son los siguientes, y corresponden por concepto de crecimiento:

A) Para los trabajadores que perciban el salario mínimo de su categoría: 5,5 %.

B) Para los trabajadores que perciban salarios de hasta un 40% por encima del mínimo de su categoría: 4 %.

C) Para los trabajadores que perciban salarios de más de un 40% sobre el mínimo de su categoría: 2,5 %.

TERCERO: Los salarios mínimos nominales mensuales del subgrupo a partir del 1º de enero de 2009, son los siguientes:

SECCIÓN VENTAS

 

 

Cadete

 

5.277

Encargado

 

11.610

Vendedor

 

10.818

Auxiliar de primera

 

8.868

Auxiliar de segunda

 

6.597

Vendedor de plaza

 

7.127

Viajante

 

7.127

 

 

 

SECCIÓN ADMINISTRACIÓN

 

 

Encargado

 

10.818

Auxiliar de primera

 

8.180

Auxiliar de segunda

 

6.334

Operador de mecanizada

 

8.341

Operador de consola

 

8.864

Operador de terminal

 

8.341

Gravo verificador

 

7.127

Cadete

 

5.277

Cobrador

 

7.654

Telefonista

 

6.597

 

 

 

SECCIÓN DEPÓSITO Y EXPEDICIÓN

 

 

Encargado

 

9.500

Auxiliar

 

6.597

Cadete

 

5.277

Chofer

 

7.654

Peón

 

5.913

Sereno

 

6.597

Limpiador

 

5.277

Cajero

 

7.127

Cajero general

 

8.868

 

 

 

SECCIÓN SERVICE

 

 

Encargado

 

9.500

Auxiliar

 

8.341

Aprendiz

 

5.913

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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