Ajustes Julio 2010

 

ACTA. En la ciudad de Montevideo, el 7 julio de 2010, reunido el Consejo de Salarios del grupo Nº 10: "Comercio en general", subgrupo N° 17 "Repuestos para Automotores", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Jimena Ruy- López y Lic. Marcelo Terevinto; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al quinto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo suscrito el 3 de diciembre de 2008, recogido en el decreto de 29 de diciembre de 2008.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula cuarta numeral 4 del convenio referido, los porcentajes de aumentos salariales que regirán a partir del 1 de julio de 2010 son los siguientes, y corresponden por concepto de crecimiento:

A) Para los trabajadores que perciban el salario mínimo de su categoría: 5,5 %.

B) Para los trabajadores que perciban salarios de hasta un 40% por encima del mínimo de su categoría: 4 %.

C) Para los trabajadores que perciban salarios de más de un 40% sobre el mínimo de su categoría: 2,5 %.

TERCERO: Los salarios mínimos nominales mensuales del subgrupo a partir del 1º de Julio de 2010 son los siguientes:


CATEGORÍAS


01/07/10





SECCIÓN VENTAS



Cadete


5.895
Encargado


12.971
Vendedor


12.086
Auxiliar de primera


9.908
Auxiliar de segunda


7.370
Vendedor de plaza


7.962
Viajante


7.962





SECCIÓN ADMINISTRACIÓN



Encargado


12.086
Auxiliar de primera


9.139
Auxiliar de segunda


7.077
Operador de mecanizada


9.319
Operador de consola


9.903

 

Operador de terminal


9.319
Gravo verificador


7.962
Cadete


5.895
Cobrador


8.552
Telefonista


7.370





SECCIÓN DEPÓSITO Y EXPEDICIÓN



Encargado


10.614
Auxiliar


7.370
Cadete


5.895
Chofer


8.552
Peón


6.606
Sereno


7.370
Limpiador


5.895
Cajero


7.962
Cajero general


9.908




0
SECCIÓN SERVICE


0
Encargado


10.614
Auxiliar


9.319
Aprendiz


6.606

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicado

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