Ajustes Julio 2010

 

ACTA. En la ciudad de Montevideo, el 7 de julio de 2010, reunido el Consejo de Salarios del grupo Nº 10: "Comercio en general", subgrupo N° 20 "Barracas y Cooperativas de Cereales", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Jimena Ruy- López y Lic. Marcelo Terevinto; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al quinto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo suscrito el 21 de noviembre de 2008, recogido en el decreto de 29 de diciembre de 2008.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en el artículo 3 literal E del convenio referido, los porcentajes de aumento salarial que regirán a partir del 1 de julio de 2010 son los siguientes:

a) Para los trabajadores que perciben el salario mínimo de su categoría: 7,5%

b) Para los trabajadores cuyos salarios superen el mínimo de su categoría en un porcentaje ubicado hasta el 15% inclusive: 5%

c) Para los trabajadores que cuyos salarios superen en un porcentaje mayor al 15% y hasta el 30% inclusive: 4%

d) Para los trabajadores que perciban salarios que los superen en un porcentaje mayor al 30%: 2%.

TERCERO: Los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1º de julio de 2010 son los siguientes:

Administración
Primer Oficial24.187Mensual
Cajero20.848Mensual
Segundo Oficial20.848Mensual
Vendedor17.513Mensual
Secretario/a16.070Mensual
Primer Auxiliar16.070Mensual
Auxiliar de Ventas14.440Mensual
Auxiliar Practico14.332Mensual
Telefonista/Recepcionista11.290Mensual
Auxiliar de Ingreso11.290Mensual
Limpiador/a10.661Mensual
Cadete8.615Mensual

 

Planta de Silos
Encargado de Mantenimiento21.180mensual
Primer Supervisor20.848mensual
Encargado de Laboratorio20.848mensual
Operador de Secadora20.848mensual
Tablerista de Planta de Silos20.848mensual
Oficial de Mantenimiento19.839mensual
Balancero19.181mensual
Chofer Especializado18.033mensual
Segundo Supervisor17.513mensual
Ayudante de Laboratorio17.513mensual
Chofer14.125mensual
Sereno12.377mensual
Operario Especializado639jornal
Operario de Primera564jornal
Operario Práctico494jornal
Operario de Ingreso404jornal

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman 4 ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y fecha arriba indicados.

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