Ajustes Julio 2011
ACTA. En la ciudad de Montevideo, el 27 de julio de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10: "Comercio en general", Subgrupo N° 2: "Artículos para el Hogar", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Soc. Andrea Badolati, Dra. Jimena Ruy- López y Lic. Marcelo Terevinto; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento salarial en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo suscripto el 4 de abril de 2011.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido convenio , el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1 de julio de 2011 es el siguiente:
I.1) Los trabajadores que al 30 de junio de 2011 perciban el salario mínimo de su categoría tendrán un incremento del 7,33% (calculado sobre la remuneración vigente al 30/6/2011) que resultará de la acumulación de los siguientes factores:
* 2,5% por concepto de crecimiento
* 2,5% inflación estimada para el semestre julio/ diciembre 2011 según información del Banco Central (centro de la banda)
* 2,16% correctivo, comparando la inflación real del semestre enero/ junio 2011 con la estimada para ese mismo período
Los salarios mínimos por categoría se ajustarán por igual con los mismos parámetros que anteceden.
I.2) Los trabajadores que al 30/06/2011 perciban remuneraciones superiores al salario mínimo de su categoría, recibirán un incremento del 5,76% resultante de los siguientes factores (calculado sobre la remuneración vigente al 30/6/2011):
* 1% por concepto de crecimiento
* 2,5 % inflación estimada para el semestre julio/ diciembre 2011 según información del Banco Central (centro de la banda)
* 2,16 % correctivo, comparando la inflación real del semestre enero/ junio 2011 con la estimada para ese mismo período
TERCERO: Los salarios mínimos nominales mensuales del subgrupo a partir del 1 de julio de 2011 son los siguientes:
CATEGORÍAS | 01/07/11 |
NIVEL 1 | 7.749 |
Cadete | |
Ayudante de Chofer | |
Peón | |
Aprendiz | |
Limpiador | |
NIVEL 2 | 8.050 |
Sereno | |
Auxiliar de Tercera | |
NIVEL 3 | 8.587 |
Vendedor de Segunda | |
Visitador | |
Promotor | |
Informante | |
Medio Oficial | |
Digitador | |
Auxiliar de Segunda | |
Telefonista Recepcionista | |
NIVEL 4 | 9.123 |
Cajero | |
Cobrador | |
Secretario |
NIVEL 7 | 11.377 |
Encargado de Salón | |
Vendedor de Plaza | |
Encargado de Depósito | |
Encargado de Reparaciones | |
Encargado de Contabilidad y Control | |
Encargado de Personal | |
Encargado Administrativo de Stock | |
Encargado de Crédito y Cobranzas | |
Encargado de Centro de Cómputos | |
Tesorero | |
Secretaría de Directorio | |
NIVEL 8 | 12.880 |
Viajante | |
Vendedor de Ventas Especiales | |
NIVEL 9 | 14.812 |
Jefe de Salón | |
Encargado de Compras | |
Jefe de Expedición, Depósito y Reparaciones | |
Jefe de Ventas | |
Jefe Administrativo |
Leída, se firman 4 ejemplares del mismo tenor.