Ajustes Julio 2011
ACTA. En la ciudad de Montevideo, el 27 de julio de 2011, reunido el Consejo de Salarios del grupo Nº 10: Comercio en general, subgrupo N° 8: Barracas de Construcción, integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Jimena Ruy- López, Soc. Andrea Badolati y Lic. Marcelo Terevinto; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo suscrito el 24 de mayo de 2011, recogido por el Consejo de Salarios mediante Acta suscrita el 30 de mayo del corriente.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta numeral I del referido convenio, los porcentajes de aumentos salariales que regirán a partir del 1º julio de 2011 son los siguientes:
I) Los trabajadores que al 30 de junio de 2011 perciban el salario mínimo de su categoría tendrán al 1 de julio de 2011 los siguientes aumentos:
I.1) En general, se establece un aumento 7%, con excepción de las categorías que se indicarán en los numerales siguientes.
I.2) Aumento para la categoría Peón: 9%.
I.3) Aumento para las categorías de Peón Práctico, Limpiador y Auxiliar de Trámite: 8,1%.
II. Los trabajadores que al 30 de junio de 2011 perciban salarios superiores al mínimo de su categoría, recibirán al 1 de julio de 2011 un ajuste del 6%.
TERCERO: Los salarios mínimos nominales mensuales del subgrupo a partir del 1 de julio de 2011 son los siguientes:
Peón | 7.270 | ||
Peón práctico | 8.078 | ||
Peón especializado | 8.616 | ||
Oficial | 9.803 | ||
Chofer | 10.156 | ||
Chofer de semi remolque | 10.505 | ||
Capataz segundo | 10.858 | ||
Capataz | 12.957 | ||
Cadete menor de 18 años | 7.270 | ||
Limpiador | 8.078 | ||
Auxiliar de Trámite | 8.078 | ||
Auxiliar tercero | 8.405 | ||
Telefonista | 8.405 | ||
Sereno | 8.616 | ||
Auxiliar segundo | 9.803 | ||
Digitador | 9.803 | ||
Vendedor interno | 10.299 | ||
Cajero de Salón | 10.299 | ||
Secretario/a | 10.858 | ||
Cobrador | 11.206 | ||
Auxiliar primero | 11.206 | ||
Operador | 11.206 | ||
Vendedor de plaza | 12.256 | ||
Viajante | 13.657 | ||
Programador | 14.709 | ||
Ayudante de contador | 14.710 | ||
Encargado de depósito | 16.107 | ||
Analista Programador | 17.511 | ||
Tenedor de Libros | 17.511 | ||
Cajero General | 18.561 | ||
Jefe | 19.612 | ||
Gerente | 24.513
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CUARTO: Conforme lo establecido en el art.10 del convenio vigente la Prima por Presentismo a partir del 1 de julio de 2011, pasa a ser $ 491 por quincena.
Leída, se firman 4 ejemplares del mismo tenor.